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12 NORMAS LEGALES Lunes 13 de junio de 2022 El Peruano / de Regulación y Fiscalización de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, a través del informe de vistos, la O fi cina General de Gestión de las Personas efectuó la evaluación de compatibilidad del per fi l del puesto vacante con el per fi l profesional de la Abogada Elizabeth del Rosario Rojas Rumrrill, siendo éste compatible con el per fi l establecido en el Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud para ocupar dicho cargo; por lo que, procede su designación como Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización de la Superintendencia Nacional de Salud; Con los vistos del Gerente General, del Director General de la O fi cina General de Gestión de las Personas y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modi fi catoria, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el encargo del puesto de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización de la Superintendencia Nacional de Salud conferido al M.C. LUIS MELCHOR LORO CHERO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la Abogada ELIZABETH DEL ROSARIO ROJAS RUMRRILL en el cargo de con fi anza de Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los interesados para conocimiento, y a la O fi cina General de Gestión de las Personas para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2076731-2 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Prorrogan hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia de los artículos primero y segundo de la Res. Adm. N° 00190-2022-P-CSJLI-PJ, que dispuso las acciones complementarias y urgentes a fin de garantizar la atención del ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000207-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 10 de junio del 2022VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 000196-2022-CE-PJ del 30 de mayo de 2022, la Resolución Administrativa Nº 00190-2022-P-CSJLI-PJ del 31 de mayo de 2022, y, el Informe Nº 000007-2022-GAD-CSJLI-PJ de fecha 10 de los corrientes; y, CONSIDERANDOS:1. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) por medio de la Resolución Administrativa Nº 000196-2022-CE-PJ, dispuso entre otros, que las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar del Poder Judicial del 1 al 30 de junio de 2022, se efectivizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo (artículo primero). Igualmente, prorrogó del 1 al 30 de junio de 2022 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nos. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modi fi cado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ (artículo segundo). Además, en el numeral 3.2.4 del artículo tercero de la referida resolución estableció que, excepcionalmente, la Presidencia del Poder Judicial y los/as Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, en coordinación con el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la respectiva Corte Superior, a fi n de preservar el aforo correspondiente, pueden establecer una jornada de trabajo mixta en dos turnos, mañana y tarde, en jornadas de cinco horas presenciales complementadas con tres horas de trabajo remoto. 2. Esta Presidencia de Corte, a través de la Resolución Administrativa Nº 00190-2022- P-CSJLI-PJ, dispuso las acciones complementarias y urgentes a fi n de garantizar la atención del ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario. Así, en los artículos primero y segundo señaló: Artículo Primero: Las labores de todo el personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima del 1 al 11 de junio de 2022 , se desarrollarán de la siguiente manera: 1. La labor presencial diaria obligatoriamente en cinco horas diarias y, con el fi n de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: a) Primer turno: de 08:00 horas a 13:00 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. b) Segundo turno: de 13:30 horas a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será aprobado por el/la jefe/a inmediato/a. 2. De manera excepcional, los señores magistrados/ as y jefes inmediatos, pueden autorizar que su personal labore ocho horas diarias, siempre y cuando se garantice las condiciones del aforo y el distanciamiento social. 3. El personal que, por la naturaleza de sus funciones, labora en el Centro de Distribución General, mesas de partes físicas, SERNOT, áreas de transportes, mantenimiento, Archivo, legajos, mesas de partes periféricas no adscritas a la Unidad de Servicios Judiciales, atención al público, Módulo de Atención al Usuario Presencial, administradores de sede, módulo o piso, soporte técnico informático, grupo itinerante de apoyo, personal contratado en las plazas relacionados en la ejecución de los planes de descarga y liquidación, y el personal que carezca de condiciones tecnológicas para realizar trabajo remoto, prestarán sus labores diarias en el