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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (13/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 13 de junio de 2022 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial N° 182-2014- MC, se declaró el mes de junio de cada año como el “Mes de la Cultura Afroperuana”, espacio que permite visibilizar los aportes de la población afroperuana y coloca en agenda su contexto y problemática resaltando sus contribuciones y participación en la sociedad; Que, con el Expediente N° 004455-2022, el señor Juan Andrés Lurita Dicción solicitó el reconocimiento póstumo como “Personalidad Meritoria de la Cultura” del señor Guillermo Antonio Adolfo Marcos Santa Cruz, en el marco del Mes de la Cultura Afroperuana, por su destacada trayectoria como zapateador y maestro violinista, destacándose también como uno de los principales cultores del Hatajo de Negritos de El Carmen; Que, la Dirección de Políticas para Población Afroperuana, a través del Informe N° 000030-2022-DAF/MC recomienda, en el marco del Mes de la Cultura Afroperuana, otorgar el reconocimiento póstumo de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Guillermo Antonio Adolfo Marcos Santa Cruz, en virtud a su trayectoria como zapateador y maestro violinista, además de ser uno de los principales cultores de El Hatajo de Negritos de El Carmen, Chincha; Que, a través del Informe N° 000074-2022-DGCI/ MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural hace suya la propuesta de la Dirección de Políticas para Población Afroperuana, de otorgar el reconocimiento póstumo de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Guillermo Antonio Adolfo Marcos Santa Cruz, por su contribución al desarrollo cultural de nuestro país como cultor de la danza Hatajo de Negritos del Carmen, habiendo realizado una importante labor y compromiso con la difusión de esta expresión artística mediante el zapateo y violín; Que, mediante el Memorando N° 000369-2022-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 000433-2022-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer en forma póstuma como “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Guillermo Antonio Adolfo Marcos Santa Cruz por su trayectoria como zapateador y maestro violinista, además de ser uno de los principales cultores de El Hatajo de Negritos de El Carmen, Chincha; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Guillermo Antonio Adolfo Marcos Santa Cruz; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar de forma póstuma la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” en el marco de las celebraciones del “Mes de la Cultura Afroperuana” al señor GUILLERMO ANTONIO ADOLFO MARCOS SANTA CRUZ, en reconocimiento a su destacada labor y trayectoria como maestro violinista y zapateador, siendo uno de los principales cultores de El Hatajo de Negritos de El Carmen, Chincha. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2075926-1 Rectifican errores materiales incurridos en las bases del Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2022 y del Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000246-2022-DGIA/MC San Borja, 10 de junio del 2022 VISTO, el Informe N° 000229-2022-DAFO/MC, de fecha 09 de junio de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000113- 2022-DM/MC se aprueba la propuesta del Plan Anual para el Fomento de la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2022; Que, con fecha 25 de abril de 2022, mediante Resolución Directoral N° 000140-2022-DGIA/MC, se aprueban las Bases de los siguientes estímulos económicos concursables y no concursables, correspondientes a la primera convocatoria: Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca - 2022, Estímulo a la Promoción Internacional - 2022, Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2022, Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción Exclusivo para las Regiones del País (excepto Lima Metropolitana y Callao) - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Documental - 2022, Concurso Nacional de Desarrollo de Videojuegos - 2022 y Concurso Nacional de Pilotos de Serie - 2022; Que, con fecha 20 de mayo de 2022, mediante Resolución Directoral N° 000193-2022-DGIA/MC, se aprueban las Bases de los siguientes estímulos económicos concursables y no concursables, correspondientes a la segunda convocatoria: Estímulo a la Formación de Públicos a través de Festivales y Encuentros - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Animación - 2022, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - 2022, Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022, Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje - 2022, Concurso Nacional para la Formación Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje - 2022, Premio a la Destacada Trayectoria en el Ámbito Audiovisual - 2022; Que, con fecha 06 de junio de 2022, mediante Resolución Directoral N° 000224-2022-DGIA/MC, se recti fi can errores materiales incurridos en las bases del ‘Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2022’ y del ‘Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción Exclusivo para las Regiones del País (excepto Lima Metropolitana y Callao) - 2022’, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 000140-2022-DGIA/MC; y, en las bases del ‘Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje - 2022’, ‘Concurso Nacional de Proyectos de Animación - 2022’ y ‘Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - 2022’, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 000193-2022-DGIA/MC; Que, el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;