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5 NORMAS LEGALES Lunes 13 de junio de 2022 El Peruano / Ramos Alegría, por su importante labor contribuyendo al desarrollo cultural de nuestro país mediante la danza afroperuana; Que, a través del Informe N° 000076-2022-DGCI/ MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural hace suya la propuesta de la Dirección de Políticas para Población Afroperuana, de otorgar el reconocimiento “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora Julia Felicitas Ramos Alegría , por su destacada trayectoria artística como bailarina y coreógrafa de ritmos afroperuanos; Que, mediante el Memorando N° 000365-2022-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 000429-2022-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora Julia Felicitas Ramos Alegría por su destacada trayectoria artística como bailarina y coreógrafa de ritmos afroperuanos; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la ciudadana Julia Felicitas Ramos Alegría; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, en el marco de las celebraciones del “Mes de la Cultura Afroperuana”, a la señora JULIA FELICITAS RAMOS ALEGRIA, en reconocimiento a su destacada labor y trayectoria contribuyendo al desarrollo cultural de nuestro país mediante la danza afroperuana, como bailarina coreógrafa, maestra, cultora y difusora de los ritmos afroperuanos. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2075530-1 Otorgan a ciudadana la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, en el marco de las celebraciones del “Mes de la Cultura Afroperuana” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000180-2022-DM/MC San Borja, 8 de junio del 2022 VISTOS; el Memorando N° 000290-2022-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; el Informe N° 000070-2022-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Informe N° 000669-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, asimismo, conforme al artículo 84 del ROF la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial. Ejerce su labor en coordinación con la Alta Dirección del ministerio y sus demás órganos; Que, el artículo 89 del ROF señala que la Dirección de Políticas para Población Afroperuana es la unidad orgánica encargada de diseñar e implementar las políticas, planes, programas de protección, promoción de derechos y desarrollo de la población afroperuana, garantizando su desarrollo con identidad, en un marco de igualdad de derechos. Asimismo, el numeral 89.11. del referido artículo dispone que tiene como función el emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1362/INC, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Cocina Peruana, como expresión cultural cohesionadora que contribuye, de manera signi fi cativa, a la consolidación de la identidad nacional; Que, la referida resolución se sustenta en el hecho que la cocina peruana es el fruto de la biodiversidad y de la diversidad cultural del Perú, lo que ha permitido el desarrollo de cocinas regionales que re fl ejan la identidad de los pueblos y que, en conjunto, por su originalidad, variedad, aroma, textura y sabor, es reconocida como una de las mejores expresiones gastronómicas del mundo; siendo esto así, por su originalidad, calidad y variedad es un producto de exportación y que convierte al Perú en un destino privilegiado para el turismo gastronómico; Que, por Resolución Ministerial N° 182-2014-MC, se resuelve declarar el mes de junio de cada año como el “Mes de la Cultura Afroperuana”, espacio que permite visibilizar los aportes de la población afroperuana y coloca en agenda su contexto y problemática resaltando sus contribuciones y participación en la sociedad; Que, mediante el Expediente N° 0016614-2022, el Centro de Desarrollo de la Mujer Negra Peruana solicitó se otorgue el reconocimiento de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora Ernestina Catalina Acevedo Martínez, en el marco del “Mes de la Cultura Afroperuana”, por su aporte signi fi cativo a la valoración y difusión de la gastronomía peruana; Que, la Dirección de Políticas para Población Afroperuana, a través del Informe N° 000026-2022-DAF-