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8 NORMAS LEGALES Lunes 13 de junio de 2022 El Peruano / Que, mediante Informe N° 000229-2022-DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa sobre el error material detectado en las bases del Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2022, aprobado mediante Resolución Directoral N° 000140-2022-DGIA/MC; así como el error material detectado en las bases del Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022, aprobado mediante Resolución Directoral N° 000193-2022-DGIA/MC; y sustenta técnicamente la necesidad de recti fi car los errores en mención, precisando que no modi fi can ni alteran lo sustancial del contenido ni del sentido de las mismas; Que, al advertirse la existencia de errores materiales en las Resoluciones citadas, resulta necesario recti fi carlos, conforme la forma y modalidad de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Con el visto bueno de la directora de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectifíquese el error material incurrido en el numeral XV de las bases del Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2022, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 000140-2022-DGIA/MC, en los siguientes términos: “(...) XV. LISTA DE PROGRAMAS PRIORIZADOS PARA EL AÑO 2022 DE ACUERDO A LAS INSTITUCIONES QUE LOS IMPARTEN (...) 3. Escuela Superior de Cine y Audiovisuales de Cataluña - ESCAC https://escac.com/ - Máster en Dirección - Máster en Dirección de Arte - Máster en Dirección de Fotografía - Máster en Documental* - Máster en Guion - Máster en Montaje - Máster en Producción- Máster Universitario en Estudios de Cine y Culturas Visuales (*) Se admiten postulaciones a este programa académico cuyo inicio es en 2023. (...)” Artículo Segundo.- Rectifíquese el error material incurrido en el formulario del de las bases del Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 000193-2022-DGIA/MC, en los siguientes términos: “(...) SECCIÓN B(...)“Contrato mediante el cual el(los) autor(es) del tratamiento o guion autoriza(n) el uso o cede(n) los derechos del mismo a la Persona Jurídica productora para efectos de la realización del Proyecto” (...)” Artículo Tercero.- Dispóngase la publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA ISABEL MARTINEZ SILVA DirectoraDirección General de Industrias Culturales y Artes 2076799-1ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “REACTIVA PERÚ” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2022-EF/52 Lima, 12 de junio de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, se crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos -en adelante Programa “REACTIVA PERÚ”-, que tiene por objeto garantizar el fi nanciamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF); Que, en virtud de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1455, se emite la Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF-15, que aprueba el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, y que tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para su implementación, incluyendo el mecanismo de la cobranza de la cartera honrada y el plazo de duración de dicho Programa, a efectos de garantizar el fi nanciamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las entidades del sistema fi nanciero; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y fi nanciera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ” y para fi nanciar actividades de promoción de la inversión privada; se aprueban medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan la reprogramación de los créditos garantizados por el citado Programa, con el objeto de brindar facilidades de pago a los bene fi ciarios que cumplan con los requisitos de acceso, contemplados en el artículo 3 del referido Decreto de Urgencia; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 011-2022 dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ” a las nuevas disposiciones contenidas en el citado Decreto de Urgencia; Que, en ese sentido, se emite la Resolución Ministerial Nº 131-2022-EF/15, que incorpora en el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, los criterios para de fi nir la comisión por las reprogramaciones y el plazo de las mismas; así como otros aspectos operativos necesarios para su implementación; Que, de otro lado, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 011-2022 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a modi fi car el contrato de fi deicomiso del Programa “REACTIVA PERÚ” y sus adendas, suscrito con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE, teniendo en cuenta la propuesta de modi fi cación contractual que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, bajo dicho marco legal, se emite el Informe Nº 00xx- 2022-EF/65.02, a través del cual la Dirección General de