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23 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”; Que, posteriormente, a través de la Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”, y se dispone la derogación de la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU y sus modi fi catorias, aprobadas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 048-2022-MINEDU y N° 108-2022-MINEDU; Que, bajo ese marco normativo, mediante el O fi cio Nº 00701-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00497-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, el mismo que sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación en instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19” (en adelante, el documento normativo); Que, el documento normativo tiene por fi nalidad: (i) establecer disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, en las instituciones educativas y programas educativos públicos, de educación básica y técnico-productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, a fi n de asegurar la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022; y (ii) actualizar los criterios, procedimientos y responsabilidades para la ejecución del trabajo de los profesores y auxiliares de educación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU. En atención a ello, se sustenta la necesidad de derogar el documento normativo aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 039-2022-MINEDU; Que, conforme a lo expuesto en el referido informe, el documento normativo cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la O fi cina de Diálogo (ODI) y de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA); Que, mediante el Informe N° 00928-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite para la aprobación del documento normativo, por cuanto se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y no se demandarán recursos adicionales al Tesoro Público ni del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, asimismo, mediante el Informe N° 00682-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el documento normativo y recomendó continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 039-2022-MINEDU que aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”. Artículo 2.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación en instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2079708-1 Designan Directora de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 00141-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE Lima, 21 de junio de 2022VISTOS: El Memorando Nº 000175 -2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-DE y el Informe N°000451-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del PRONIED y a través de la Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU y la Resolución Directoral Ejecutiva N° 078-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED se aprobó el reordenamiento de dicho cuadro, en el cual el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, se encuentra cali fi cado como cargo de con fi anza; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado por Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modi fi cado mediante Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, se encuentra