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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (22/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, “ autoriza al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias defi nidas por el Ministerio de Salud y el EsSalud a través de resolución del titular de la entidad; asimismo, dispone que los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y del EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de e fi ciencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna. Dicho informe debe contar con el informe favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su fi nanciamiento, así como con un informe legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces ”; Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley Nº 31365, establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a transferir fi nancieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición. Dichas transferencias fi nancieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publica en el diario o fi cial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, el Ministerio de Salud y la Organización Panamericana de la Salud suscribieron el Acuerdo entre el Gobierno del Perú y la Organización Panamericana de la Salud para la participación del Gobierno del Perú en el Fondo Rotatorio Regional para la adquisición de productos estratégicos de Salud Pública, el cual cuenta con una duración inde fi nida, de acuerdo a lo señalado en la Cláusula Décima del citado acuerdo; Que, a través del Memorándum Nº 739-2022-DG- CENARES/MINSA, que adjunta el Informe Nº 079-2022-OPPM-CENARES/MINSA, la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, por el importe de hasta S/ 1 688 340,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 8,400 tabletas de Sofosbuvir 400 mg + Velpatasvir 100 mg, el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº 438-2022-OGPPM-OP/MINSA, emite opinión favorable para expedir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 688 340,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS para la adquisición de 8 400 tabletas de Sofosbuvir 400 mg + Velpatasvir 100 mg, destinada al Programa Presupuestal 0016: TBC-VIH/SIDA; Con los vistos del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e); y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 1 688 340,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 8,400 tabletas de Sofosbuvir 400 mg + Velpatasvir 100 mg, destinada al Programa Presupuestal 0016: TBC-VIH/SIDA, a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo con el detalle señalado en el Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, coordinará con el Organismo Cooperante OPS/OMS, el envío de los estados de cuentas derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos de la presente Transferencia de Partidas, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud - MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, del uso de los desembolsos efectuados a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS. Artículo 6. - Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto del convenio, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LOPEZ PEÑA Ministro de Salud 2079515-1