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6 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, de las señoras Rocío Rodríguez Hinostroza y Sandra Susana Flores Solano, del 04 al 10 de marzo de 2022; del señor Elmer Alejandro Lava Quispe, del 05 al 10 de marzo de 2022, y de la señora Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor, del 05 al 11 de marzo de 2022, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, que permitan promover y diversi fi car nuestras exportaciones, impulsar el turismo receptivo, ampliar la inversión extranjera y fortalecer el posicionamiento de la Imagen País. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ape- llidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US$N° díasTotal Viáticos US$ Elmer Alejandro Lava Quispe2 244,32 510,00 5 2 550,00 Rocío Rodriguez Hinostroza2 180,60 Medio Oriente510,00 5 2 550,00 Sandra Susana Flores Solano2 180,60 510,00 5 2 550,00 Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor2 677,75 510,00 5 2 550,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentarán al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2044526-1 Aprueban Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del CENFOTUR a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2022-CENFOTUR/DN Barranco, 1 de marzo de 2022VISTO: Memorándum N° D000059-2022-CENFOTUR- OAF, emitido por la O fi cina de Administración y Finanzas, Informe N° D000001-2022-CENFOTUR-UC emitido por la Unidad de Contabilidad de la O fi cina de Administración y Finanzas, Memorándum N° D0000032-2022-CENFOTUR-OPPD, emitido por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo e Informe Técnico N° D0000023-2022-CENFOTUR-UP emitido por la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que “Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”; Que, asimismo, a través del citado artículo 20 se establece que “Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, (…) requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego (…) se publican el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral N° 194-2019-CENFOTUR/DN y Resolución Directoral N° 086-2021-CENFOTUR-DN, se aprueban las Transferencias Financieras, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 180 CENFOTUR, por la suma de S/ 56 438.00, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de la auditoría externa, para el ejercicio fi scal 2019; Que, con O fi cio N° 000375-2021CG/GAD, la Contraloría General de la República solicitó al Centro de Formación en Turismo que, a fi n de ser incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad de Auditoría que ejecute la auditoría de la entidad, se requiere que según lo dispuesto en el artículo 20 1 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, efectúe la respectiva transferencia fi nanciera, por la suma correspondiente a los periodos pendientes de auditar, año 2020 (S/ 56 438.00) y año 2021-2022 (S/ 119 624.00 + el costo por derecho de designación S/ 6 082.00) respectivamente; Que, mediante Informe Técnico N° D00000023- 2022-CENFOTUR-UP la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, señala que el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR se encuentra facultado para realizar la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR en favor del Pliego 019 Contraloría General, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, para el periodo 2020, por lo que aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0082, hasta por el importe de S/ 56 438.00; precisando que se debe transferir el citado monto con cargo al presupuesto 2022 para atender el pedido de transferencia requerido por la Contraloría General de la República; Que, de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; así como de lo opinado por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, considera viable emitir la Resolución Directoral en favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría; Que, en tal sentido se debe proyectar el acto administrativo correspondiente; Con la visación de la Gerencia General, la O fi cina de Administración y Finanzas, la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30742, Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, Directiva N° 0007-2020-EF/50.01, Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del CENFOTUR y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR;