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6 NORMAS LEGALES Sábado 5 de marzo de 2022 El Peruano / la finalidad de desarrollar y poner en valor los diseños, inventos y adaptaciones tecnológicas, a nivel piloto, desarrollados por los estudiantes de educación básica regular, educación superior no universitaria o educación universitaria, así como para impulsar proyectos cientí ficos realizados por los institutos públicos de investigación, centros de investigación públicos y privados y organismos internacionales que promuevan el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación. […]”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la construcción del Observatorio de Rayos Gamma de Campo Amplio del Hemisferio Sur (SWGO) en el sur del país, con la finalidad de atraer proyectos nacionales e internacionales en ciencia, tecnología e innovación, para promover la actividad y la producción cientí fica, impulsar la conformación de comunidades y redes cientí ficas entre organismos nacionales e internacionales, universidades e institutos públicos de investigación y la formación de investigadores peruanos en astronomía y astrofísica. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de febrero de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los tres días del mes de marzo de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 2045391-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 034-2022-PCM, sobre conformación de la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 069-2022-PCM Lima, 4 de marzo de 2022VISTO: El O fi cio N° 410-2022-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, dispone que son sujetos de la negociación colectiva centralizada en el sector público, por la parte sindical, las confederaciones sindicales más representativas de los trabajadores del Estado a nivel nacional; y, por la parte empleadora, el Poder Ejecutivo, por intermedio de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, el artículo 8 de dicha Ley, precisa que por la parte sindical se designa a veintiún (21) representantes, y por la parte empleadora, la Presidencia del Consejo de Ministros designa a veintiún (21) representantes; Que, según lo dispuesto en los numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11 de los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, la representación empleadora en la Comisión Negociadora en el nivel centralizado se encuentra conformada por veintiún (21) representantes designados por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, entre las personas designadas para integrar la representación empleadora se encuentran no menos de cuatro (4) representantes pertenecientes a la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales la preside; y, al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, bajo dicho marco normativo, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 034-2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 059- 2022-PCM, se conforma la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2022, integrada, entre otros, por cinco representantes del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través del documento del Visto, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas propone la designación de los nuevos representantes de dicha entidad que conformarán la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2022; Que, asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 16.3 del artículo 16 de los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, en la negociación colectiva de nivel centralizado se cuenta con un/a Secretario/a Técnico/a designado/a por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 034- 2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 059-2022-PCM, a fi n de actualizar la conformación de la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2022, y designar al/a la Secretario/a Técnico/a; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 034-2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 059-2022-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Conformar la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2022; de la siguiente manera: