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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2022 (05/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 5 de marzo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia de prevención y control de enfermedades no trasmisibles, raras y huérfanas, entre otras; Que, el Documento Técnico: Lineamientos de Política Sectorial para la Atención de las Personas Expuestas a Metales Pesados, Metaloides y Otras Sustancias Químicas, aprobado por Resolución Ministerial N° 979-2018/MINSA, tiene por fi nalidad contribuir al fortalecimiento de la atención integral en salud, así como a la articulación intersectorial e intergubernamental para facilitar las intervenciones de promoción de la salud y la reducción de riesgos y daños a la salud de las personas expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas, a través de una respuesta oportuna, efi caz y articulada del Estado; Que, por Resolución Secretarial N° 135-2019/MINSA se conforma la Unidad Funcional de Atención a Personas Expuestas a Metales Pesados y otras Sustancias Químicas, adscrita a la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Publica, teniendo como función proponer normas, lineamientos y otros documentos orientados a la detección precoz y tratamiento oportuno de intoxicación por metales pesados y otras sustancias químicas, incluyendo a las enfermedades que se producen como consecuencia de la contaminación ambiental por dichos elementos, en coordinación con los órganos proponentes, conforme al literal a) del artículo 2 de la referida Resolución Secretarial; Que, en ese sentido, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto la Guía Técnica para el Abordaje Integral a Personas Expuestas a Arsénico, cuya fi nalidad es contribuir a mejorar la situación de salud de la población expuesta a arsénico en el ámbito nacional, con enfoque de interculturalidad, género y derechos humanos; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 027-2022-OGAJ/MINSA emite opinión legal, señalando que resulta legalmente procedente la fi rma de la Resolución Ministerial que aprueba la Guía Técnica precitada; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2017- SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica para el Abordaje Integral a Personas Expuestas a Arsénico, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2045371-4 Aprueban la NTS N° 183-MINSA/ DIGDOT/2022 “Norma Técnica de Salud para la toma de muestra, transporte y emisión de resultados de pruebas moleculares para la detección del virus SARS-CoV-2 en potenciales donantes y receptores de órganos o tejidos humanos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 169-2022/MINSA Lima, 3 de marzo del 2022Visto, el Expediente N° 21-003129-001, que contiene los Informes N° 013-2022-DIDOT-DIGDOT/MINSA, N° 035-2021-DIDOT-DIGDOT/MINSA, N° 159-2021-DIDOT-DIGDOT/MINSA y la Nota Informativa N° 104-2021-DIGDOT/MINSA de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre; así como, el Informe N° 108-2022-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; siendo la protección de la salud de interés público, por tanto, responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;