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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2022 (08/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

63 Martes 8 de marzo de 2022 El Peruano / PROYECTOS Que, habiéndose cumplido con los principios de transparencia y participación contenidos en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en el Reglamento General del Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, debe procederse a la publicación de la resolución tarifaria correspondiente; Que, con relación a la determinación de las liquidaciones y la modi fi cación de las tarifas y compensaciones de los SST de REDESUR e ISA PERU, se ha expedido el Informe Técnico N° …-2022-GRT y el Informe Legal N° …-2022-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin, con los cuales se complementa la motivación que sustenta la decisión del Regulador y forman parte integrante de la misma, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en el Reglamento General del Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en los respectivos Contratos de Concesión, y en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N°…-2022. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car, a partir del 01 de mayo de 2022, los Peajes correspondientes a los Sistemas Secundarios de Transmisión de las empresas ISA PERÚ y REDESUR, cuyos valores se consignaron en el cuadro 11.1 del Anexo 11 de la Resolución N° 070-2021-OS/CD y su modi fi catoria, de acuerdo al siguiente detalle: Cuadro 1.- Peaje del SST de ISA PERÚ y REDESUR Titular de TransmisiónSubestaciones BaseTensión kVSistemas Eléctricos a los que se aplica el cargo [1]Instalaciones del SSTPeaje Ctm. S// kWh REDESURTacna (Los Héroes) 66Tacna, Tomasiri, Yarada y TarataSST Tacna (Los Héroes) - Transf. 220/66/10 kV; 50 MVA [2]0,5589 ISA-PERÚ Pucallpa 60Pucallpa, Campo VerdeSST Aguaytía- Pucallpa, S.E. Aguaytía 220/138/22,9 kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8 MVAR [2]1,6593 [1] El Peaje se aplica únicamente a los sistemas eléctricos indicados y no a toda el Área de Demanda en la que se encuentran. [2] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la liquidación anual de los respectivos contratos BOOT. Artículo 2.- Modi fi car, a partir del 01 de mayo de 2022, la compensación por transformación de la subestación Puno de REDESUR, cuyo valor se consignó en el cuadro 11.3 del Anexo 11 de la Resolución N° 070-2021-OS/CD y su modi fi catoria, de acuerdo al siguiente detalle:Cuadro 2.- Compensación de la SET Puno de REDESUR Titular de TransmisiónConceptoCompensación Mensual (Soles/Mes)Responsables de PagoAsignación REDESURTransformación de la S.E. Puno 220/138/10 kV204 394Generadores RelevantesSegún método fuerza-distancia establecido en la Resolución N° 164-2016-OS/CD Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su exposición de motivos en el diario o fi cial El Peruano y consignarlas, junto con el Informe …-2022-GRT y el Informe N° …-2022-GRT, en la web institucional: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Resolución N° 056-2020-OS/CD, se aprobó la norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del SST y SCT” (en adelante “PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN”), en cuyo artículo 4 se establece que la liquidación de los ingresos se debe efectuar con una frecuencia anual. Conforme al marco legal aplicable, la fi nalidad del Procedimiento es que Osinergmin vele por el cumplimiento de los términos contractuales y condiciones de los Contratos, de conformidad con su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM. La liquidación tiene como fi nalidad que lo recaudado corresponda con lo autorizado, y de existir diferencias, efectuar el saldo en el año siguiente. Osinergmin ha realizado las acciones correspondientes para veri fi car los ingresos percibidos por las empresas concesionarias de transmisión Red Eléctrica del Sur S.A. e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., a fi n de establecer la modi fi cación a los Peajes y Compensaciones que corresponden a los Sistemas Secundarios de Transmisión de dichas empresas, los mismos que se encuentran previstos en la Resolución N° 070-2021-OS/CD y modi fi catoria; como consecuencia de las Liquidaciones anuales efectuadas en virtud del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN. Cabe indicar que para tal fi n se ha empleado la información que han alcanzado las empresas indicadas. Con lo establecido en la resolución, se modi fi can los Peajes y Compensaciones para el período mayo 2022 – abril 2023, a partir de los resultados de la Liquidación anual realizada en cumplimiento del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN. La resolución materia de la presente exposición de motivos cumple con el objetivo indicado. Anexo 2 Relación de información que sustenta el proyecto de resolución 1. Informe N° 109-2022-GRT : Preliquidación Anual de los Ingresos de los Contratos tipo BOOT – SST 2022. 2. Informe N° 110-2022-GRT: Opinión legal sobre la procedencia de publicar el proyecto de resolución que modi fi ca los peajes y compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión de las empresas ISA y REDESUR, como consecuencia de la liquidación anual de ingresos. 2045354-1