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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2022 (12/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 12 de mayo de 2022 El Peruano / sentido, el artículo 85 de la norma antes citada contempla la desconcentración a través de la cual la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la referida Ley; Que, según el artículo 34 del ROF del INIA, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, es la encargada de desarrollar los procesos técnicos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, conforme a lo indicado y con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión que permita cumplir con las funciones previstas en el ROF y en el Reglamento Interno de Trabajo del INIA, resulta necesaria la delegación de la autorización de licencia, cuyo periodo sea igual o superior a seis (6) meses, a la Unidad de Recursos Humanos, durante el año fi scal 2022; Con los vistos de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014- MINAGRI, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Resolución Jefatural N° 0184-2015-INIA y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a de la Unidad de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Innovación Agraria, lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Resolución Jefatural N° 0184-2015-INIA y sus modi fi catorias. Artículo 2.- El/La funcionario/a delegado/a tiene la obligación de informar y dar cuenta a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria, respecto de las Resoluciones que emita como producto de la presente delegación. Artículo 3.- La delegación autorizada mediante la presente Resolución Jefatural tendrá vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2022. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2066076-1 EDUCACION Designan Director del Sistema Administrativo III de la Dirección de Infraestructura Educativa del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00043-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-DIEJE Lima, 10 de mayo de 2022VISTOS: i) El Memorando N° 00445-2022-MINEDU/VMGI- PEIPEB-OA de la O fi cina de Administración del PEIP Escuelas Bicentenario de fecha 10 de mayo de 2022; ii) El Informe Nº 00067-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos de fecha 10 de mayo de 2022; iii) El Informe Nº 00109-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 10 de mayo de 2022; yCONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprobó el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece en su artículo 2 que es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa del PEIP, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el “Anexo 2: Puestos del PEIP” del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, establece como puesto del PEIP Escuelas Bicentenario al Director del Sistema Administrativo III, quien deberá cumplir con lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento PEIP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 119-2020-EF, que señala requisitos mínimos para ocupar el puesto de director/a ejecutivo/a y demás puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción; Que, la Dirección de Infraestructura Educativa constituye una unidad funcional de línea responsable de la Fase de Ejecución de Inversiones del PEIP, en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones, además que se encuentra en la estructura orgánica del PEIP Escuelas Bicentenario; por lo que, le corresponde el puesto de Director del Sistema Administrativo III, siendo este un puesto de responsabilidad directiva de libre designación y remoción, en el marco del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario; Que, el artículo 9 del Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 119-2020-EF, establece los requisitos mínimos para ocupar el puesto de Director/a Ejecutivo/a y demás puestos de responsabilidad directiva; Que, la Unidad de Recursos Humanos, a través del Informe N° 00067-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OA-URH mani fi esta que, revisada la hoja de vida documentada del señor PABLO JAVIER PEDREROS PASTOR, cumple con los requisitos para el cargo de Director del Sistema Administrativo III de la Dirección de Infraestructura Educativa del PEIP Escuelas Bicentenario establecidos en el MOP de la Entidad y que no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, el Informe Nº 00109-2022-MINEDU/VMGI- PEIPEB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que de acuerdo con lo previsto en el Reglamento PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 119-2020-EF y en el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, resulta legalmente viable efectuar la designación del profesional que desempeñará el cargo de Director del Sistema Administrativo III de la Dirección de Infraestructura Educativa del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios,