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25 NORMAS LEGALES Jueves 12 de mayo de 2022 El Peruano / y de centros poblados que opten por constituir redes de bibliotecas públicas municipales, entre otros; y, tienen por fi nalidad “Promover la optimización de la gestión bibliotecaria mediante la integración y colaboración entre bibliotecas públicas municipales con la fi nalidad de brindar adecuados servicios bibliotecarios al ciudadano”; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 000029- 2021-BNP publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de marzo de 2021, se modi fi có, entre otros aspectos, el numeral 8.1 de las Disposiciones, referido a los requisitos para constituir una red; Que, de conformidad con lo señalado en las “Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales”, la Biblioteca Nacional del Perú, mediante la emisión de una Resolución Jefatural, promueve y o fi cializa la creación de las Redes de Bibliotecas Públicas Municipales que cumplan con los requisitos señalados en las mismas, previo análisis de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; Que, los artículos 28 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC establecen que la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias es el órgano “(…) encargado de elaborar, plani fi car, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normas, planes, programas y proyectos para el desarrollo y la gestión e fi ciente y efi caz del Sistema Nacional de Bibliotecas (…)”; y, tiene entre sus funciones, emitir opinión técnica en las materias de su competencia Que, a través de los Informes N° 000112-2022-BNP- J-DDPB y N° 000047-2022-BNP-J-DDPB-EADRB, la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias y su Equipo de Trabajo de Articulación y Desarrollo de Redes de Bibliotecas, señalaron que la Municipalidad Provincial de Aymaraes, por medio de los O fi cios N° 0054-2022-A-MPA- CH y N° 0231-2022-A-MPA-CH, ha cumplido con presentar los requisitos indicados en la Resolución Jefatural N° 145-2019-BNP, modi fi cada según Resolución Jefatural N° 000029-2021-BNP, para conformar la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 10 “Red de Bibliotecas Públicas Municipales de la provincia de Aymaraes”, conformada por: (i) Biblioteca Municipal – Distrito Chalhuanca; (ii) Biblioteca Municipal de Capaya; (iii) Biblioteca Municipal – Distrito de Colcabamba (Aymaraes); (iv) Biblioteca Municipal de Justo Apu Sahuaraura; (v) Biblioteca de la Municipalidad de Lucre; (vi) Biblioteca Municipal Cotaruse; (vii) Biblioteca Municipal de Ihuayllo; (viii) Biblioteca Municipal de Yanaca; (ix) Biblioteca Municipal San Juan de Chacña; (x) Biblioteca “Centro Cívico”; y, (xi) Biblioteca Municipal de Toraya”; Que, mediante Informe Legal N° 000163-2021-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica evaluó y emitió opinión en el marco de sus funciones, recomendando la emisión del respectivo acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- CREAR la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 10 “Red de Bibliotecas Públicas Municipales de la provincia de Aymaraes”, conformada por: (i) Biblioteca Municipal – Distrito Chalhuanca; (ii) Biblioteca Municipal de Capaya; (iii) Biblioteca Municipal – Distrito de Colcabamba (Aymaraes); (iv) Biblioteca Municipal de Justo Apu Sahuaraura; (v) Biblioteca de la Municipalidad de Lucre; (vi) Biblioteca Municipal Cotaruse; (vii) Biblioteca Municipal de Ihuayllo; (viii) Biblioteca Municipal de Yanaca; (ix) Biblioteca Municipal San Juan de Chacña; (x) Biblioteca “Centro Cívico”; y, (xi) Biblioteca Municipal de Toraya. Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias la noti fi cación de la presente Resolución a los integrantes de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 10, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) el mismo día de su publicación en El Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ Jefa Institucional 2065779-1 Crean la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 11 “Red de Bibliotecas Públicas Municipales en la Provincia de Trujillo” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000120-2022-BNP Lima, 10 de mayo de 2022VISTOS: El Informe N° 000114-2022-BNP-J-DDPB-EADRB de fecha 28 de abril de 2022, del Equipo de Trabajo de Articulación y Desarrollo de Redes de Bibliotecas de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; el Informe N° 000045-2022-BNP-J-DDPB de fecha 03 de mayo de 2022, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; y, el Informe Legal N° 000165-2022-BNP-GG-OAJ de fecha 05 de mayo de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, señala que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, conforme a lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30570 establece que la Biblioteca Nacional del Perú tiene entre sus funciones esenciales, las siguientes: “b. Formular, plani fi car, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas y planes de desarrollo bibliotecario nacional para la gestión e fi ciente y e fi caz del Sistema Nacional de Bibliotecas.” (…) “e. De fi nir y emitir normas técnicas bibliotecológicas y estándares de calidad aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión y su efi caz funcionamiento”, entre otras; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 30570, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MC, señala que la Biblioteca Nacional del Perú como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas “(…) es una autoridad técnico-normativa, dicta normas y articula el funcionamiento de bibliotecas organizadas en todo el territorio nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, y normas complementarias”; Que, el artículo 1 de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, crea el Sistema Nacional de Bibliotecas “(…) como instrumento de gestión pública para el establecimiento de estándares de calidad, efi cacia y e fi ciencia durante la prestación de los servicios brindados a la ciudadanía por las bibliotecas a cargo del Estado”, conformado por la Biblioteca Nacional del Perú, como ente rector de dicho Sistema, las bibliotecas y redes de servicios bibliotecarios de los organismos públicos y de las instituciones educativas públicas de todos los niveles, entre otros; Que, el artículo 2 de la Ley N° 30034 señala que el Sistema Nacional de Bibliotecas tiene por fi nalidad “(…)