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82 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2022 El Peruano / aprobado por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura de acta: SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- PROHIBIR en el ámbito de la Región de Cusco la implementación del Orientador Turístico, por lo tanto, innecesaria la conformación de la Comisión Técnica para la certi fi cación de los Orientadores Turísticos y desarrollar actividades especializadas de guiado establecidas en el Artículo 7º de la Ley del Guía de Turismo y el Decreto Supremo Nº 004-2019-MINCETUR. Artículo Segundo.- RATIFICAR que las actividades turísticas especializadas en alta montaña, caminata observación de aves, ecoturismo u otras análogas o no tradicionales serán desarrolladas única y exclusivamente bajo el guiado de los Licenciados en Turismo y Guías Ofi ciales de Turismo en la Región de Cusco. Artículo Tercero.- DISPONER que los turistas únicamente podrán acceder a los recursos turísticos para realizar actividades turísticas especializada dentro de la región, guiados única y exclusivamente por Licenciados en Turismo o Guías O fi ciales de Turismo, debidamente registrados de acuerdo a la normatividad. Artículo Cuarto.- EXHORTAR al Ejecutivo que, a través de la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía implemente el Registro de Prestadores de Servicio de Turismo del Gobierno Regional del Cusco para los Licenciados en Turismo y Guías O fi ciales de Turismo que cumplan los requisitos legales. Artículo Quinto.- DISPONER, la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, para su implementación. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. Regístrese, publíquese y cúmplase.NESTOR VELASCO CASTILLA Presidente Consejo Regional Periodo 2021 POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 20 días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 2068656-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Autorizan al Gobernador Regional la Transferencia de la Administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF ACUERDO REGIONAL Nº 022-2022-GRU-CR Pucallpa, diez y seis de febrero de dos mil veinte y dos. POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, modi fi cado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” . Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “ El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas ”. Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “ El Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, es autónomo en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a la Constitución Política del Estado y debidamente concordado con la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de febrero de 2022, mediante Pedido Verbal de la Consejera Regional – señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez, quien solicita Autorizar al Gobernador Regional de Ucayali la Transferencia de la Administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha al Programa Integral de Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; por lo que, se dispuso pasar a la estación Orden del Día. Que, el artículo 75° del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre Pedidos señala: “Los Pedidos deberán ser breves, concretos y su sustentación no excederá de tres (3) minutos, de acuerdo a su importancia o en el caso que se origine debate, el Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional, dispondrá que pase a Orden del Día”. Por otro lado, el artículo 76° del Reglamento antes citado, precisa, que los Consejeros Regionales y/o Consejeras Regionales de Ucayali, podrán presentar los pedidos por escrito, a través de Secretaria del Consejo Regional y en forma oral durante la presente estación que se formula . Que, la señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez - Consejera Regional, en su intervención en el debate señalo que, solicita que el Consejo Regional Autorice al Gobernador Regional de Ucayali la Transferencia de la Administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha al Programa Integral de Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, ya que, no cuentan con Especialistas y Profesionales para atender a los niños que albergan; así mismo se ha vulnerado derechos a los niños con discapacidad, niños que no cuentan con Documentos Nacional de Identidad, no tienen acceso a representantes o asesores legales, los niños no son atendidos de manera oportuna y adecuada. Que, en merito a la reunión de fecha 29 de diciembre de 2021, sostenido entre la Defensoría del Pueblo, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el INABIF y el Gobierno Regional de Ucayali, mediante Ofi cio N° 000004-2022-INABIF/UA, de fecha 04 de enero de 2022, el Director de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, solicita al Gobernador Regional de Ucayali, coordinar la entrega de la Administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha en Ucayali; así mismo solicita la designación de un representante para coordinar la transferencia. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 051-2022.GRU-GR, de fecha 25 de enero de 2022, se resuelve conformar la Comisión de Transferencia para la entrega de la Administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha al Programa Integral Nacional para