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9 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Argentina y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-2022-PCM Lima, 4 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DAS) N° 2-16-B/368 de 21 de setiembre de 2022, la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP la invitación que cursa al Gobierno del Perú la Comisión Económica para América Latina y el Caribe – CEPAL, con el Gobierno de la Argentina y en coordinación con la Entidad de las Naciones para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres – ONU MUJERES, para participar de la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, a llevarse a cabo del 7 al 11 de noviembre de 2022 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, en el mencionado documento se indica que la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, como órgano subsidiario de la CEPAL, centrará su décimo quinta edición en la sociedad del cuidado: horizonte para una recuperación sostenible con igualdad de género. También se procederá a la elección de la Mesa Directiva de la XV Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe; debiendo precisarse que el Perú ejerce una de las Vicepresidencias de la actual Mesa Directiva; Que, la CEPAL es una de las cinco comisiones regionales de las Naciones Unidas con sede en Santiago de Chile, fundada para contribuir al desarrollo económico de América Latina, encargada de coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo, posteriormente su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social; Que, la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe es un órgano subsidiario de la CEPAL, que se convoca periódicamente para identi fi car las necesidades de las mujeres a nivel regional y subregional, realizar evaluaciones de las actividades llevadas a cabo en cumplimiento del Consenso de Santo Domingo, así como de los acuerdos y planes regionales e internacionales sobre el tema, de la cual el Perú es miembro; Que, el MIMP tiene como ámbito de competencia la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado; la protección de los derechos de las mujeres; la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición, (ii) igualdad de oportunidades para las mujeres, y (iii) promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; la promoción y protección de poblaciones vulnerables; y, el seguimiento al cumplimiento de los compromisos tratados, programas y plataformas de acción de sus competencias, conforme lo establecen los literales a), b), c), e) y l) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Informe N° D000134-2022-MIMP- DPDAEM de 13 de octubre de 2022, la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del MIMP mani fi esta, entre otros aspectos, la importancia de la participación de la Titular del mencionado Sector, la cual tiene por fi nalidad compartir experiencias, acoger recomendaciones y analizar la situación regional respecto de la autonomía y los derechos de las mujeres; así como, en el marco de dicho espacio, efectuar la evaluación periódica de las actividades llevadas a cabo en cumplimiento de los acuerdos regionales e internacionales. Adicionalmente, precisa que dicha participación contribuirá con la adquisición del conocimiento regional y de otras experiencias que se encuentran en una etapa inicial en la construcción de políticas de cuidado y a la vez fortalecerá al Estado peruano en el proceso de diseño e implementación del Sistema Nacional de Cuidados; Que, mediante Informe N° D000025-2022- MIMP-OCIN de 21 de octubre de 2022, la O fi cina de Cooperación Internacional de la Secretaría General del MIMP señala que la participación de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables en la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe permitirá conocer experiencias en la construcción e implementación de políticas de cuidados de los países de la región, lo que contribuirá a enriquecer el trabajo que se viene desarrollando por parte del Estado peruano, a través del MIMP, para la creación e implementación del Sistema Nacional de Cuidados; además, precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados al MIMP; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe de la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, por ser de interés nacional e institucional; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora CLAUDIA LILIANA DAVILA MOSCOSO, Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 7 al 10 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 1 736.80 Viáticos (por 4 días) : US $ 1 480.00