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26 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2022 El Peruano / fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en el numeral 1 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de SaludUNIDAD EJECUTORA 125 : Programa Nacional de Inversiones en SaludCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en ProductosPROYECTO 2285839 : Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud Llata, distrito de Llata, provincia de Huamalies – región Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 11 738 450,00 ============= TOTAL EGRESOS 11 738 450,00 ============= A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 11 738 450,00 ============= TOTAL EGRESOS 11 738 450,00 ============= Artículo 2.- Autorización de Transferencia de Partidas a favor de dos gobiernos locales Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3 205 188,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Huaso y de la Municipalidad Distrital de El Milagro, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión, en el marco de los gastos asociados a la reactivación económica, conforme a lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en ProductosACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 3 205 188,00 ============= TOTAL EGRESOS 3 205 188,00 =============A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 130504 : Municipalidad Distrital de HuasoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno NeonatalPROYECTO 2341250 : Mejoramiento del servicio de salud en la posta del Centro Poblado Uningambal, distrito de Huaso - Julcan - La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 959 576,00 PLIEGO 010704 : Municipalidad Distrital de El MilagroCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en Productos PROYECTO 2485992 : Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del Centro de Salud El Milagro del distrito de El Milagro – provincia de Utcubamba - departamento de Amazonas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 245 612,00 ============= TOTAL EGRESOS 3 205 188,00 ============= Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el artí culo 1, así como los Titulares de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artí culo 2, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Direcció n General de Presupuesto Pú blico las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporació n de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2122112-8