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18 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2022 El Peruano / necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje, en comisión de servicio, de los mencionados O fi ciales Generales por cuanto permitirá el intercambio de experiencias e información, el estudio conjunto de problemas de interés mutuo con el propósito de evitar hechos o posibles situaciones que afecten la paz, estabilidad y/o seguridad de la región fronteriza compartida y permitan alcanzar una estrecha cooperación e integración; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, establece en su artículo 10 que el personal militar en actividad y civil del Sector Defensa que sea autorizado a viajar al exterior en comisión de servicio, percibirá, entre otros, el concepto de pasajes y viáticos, precisándose que cuando la comisión de servicio sea menor a 30 días calendario se abonará los viáticos establecidos en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos (20%) por comisión de servicio en el exterior que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000004648 y N° 0000004649, emitidos por el Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, a través del O fi cio N° 02531-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 549-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 01811-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de División Oswaldo Martín CALLE TALLEDO, Comandante General de la V División de Ejército del Perú, y del General de Brigada Jaime Paul BIANCHI NAVARRO, Comandante General de la 6ta Brigada de Fuerzas Especiales, para participar en la XXVI Reunión Regional de Intercambio Militar Brasil - Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del General de División Oswaldo Martín CALLE TALLEDO, Comandante General de la V División de Ejército, identi fi cado con DNI N° 43649086 y CIP N° 113831600, y del General de Brigada Jaime Paul BIANCHI NAVARRO, Comandante General de la 6ta Brigada de Fuerzas Especiales, identi fi cado con DNI N° 43415416 y CIP N° 115406000, para participar en la XXVI Reunión Regional de Intercambio Militar Brasil - Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa de Brasil, del 07 al 11 de noviembre de 2022; así como autorizar su salida del país el 06 de noviembre de 2022 y su retorno, el 12 de noviembre de 2022. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima – Sao Paulo – Río Branco (República Federativa de Brasil) – Sao Paulo - Lima (clase económica) US$ 2,300.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$ 4,600.00 Viáticos por Comisión de Servicio en el Exterior (20%): US$ 370.00 x 20% x 05 días x 02 personas (del 07 al 11 nov 22) US$ 740.00 Total a pagar en Dólares Americanos: US$ 5,340.00 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación del personal. Artículo 4.- Los O fi ciales Generales comisionados deben cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2121801-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a Rumania, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1455-2022-DE Lima, 3 de noviembre de 2022VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001500-2022-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 02464-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01804-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica.