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37 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / VISTOS: el OF. RE (MIN) 2-11/12 del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Hoja de Elevación N° 0996-2022-MTPE/4/10 y el Informe N° 0068-2022-MTPE/4/10 de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorando N° 0754-2022-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; y el Informe N° 0977-2022-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que este Ministerio ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: sociolaborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusión de normatividad, información laboral e información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certi fi cación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral; Que, mediante el OF. RE (MIN) 2-11/12, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo que el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile se celebrará el lunes 28 y martes 29 de noviembre de 2022, en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, el artículo 40 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales “es el órgano de asesoramiento responsable de participar en los procesos de negociaciones internacionales laborales y conducir los procesos de cooperación internacional reembolsable y no reembolsable en materia de su competencia. Identi fi ca, promueve, propone, programa, gestiona y evalúa las actividades en materia de cooperación internacional de conformidad con las normas vigentes. (…)” ; Que, mediante el Informe N° 0068-2022-MTPE/4/10, la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que: “(…) El Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú-Chile, es el mecanismo de coordinación político diplomática de más alto nivel con Chile, el cual ha permitido dinamizar la agenda bilateral mediante la armonización de políticas y el desarrollo de proyectos de cooperación en bene fi cio de las poblaciones de ambos países, particularmente en la zona de frontera; por lo que, es de necesidad institucional y de interés nacional para los servidores participantes” (sic); Que, mediante el documento de vistos, la O fi cina General de Administración adjunta la certi fi cación presupuestal y documentación respectiva para la cobertura de los gastos por concepto de viáticos y pasajes, a efecto de gestionar el acto resolutivo; Que, numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley N° 27619, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, asimismo, el artículo 2 del mencionado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que en las autorizaciones de viaje deben sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución;Que, en ese contexto, dada la relevancia e importancia nacional para el sector del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, expresada en el Informe N° 0068-2022-MTPE/4/10, resulta conveniente autorizar el viaje de la señorita Carolina Giuliana Fernández Carrillo, Asesora II del Despacho Ministerial, y el señor Juan Carlos Sosa San Miguel, Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, para que participen en el IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y de viáticos son asumidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 31365 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita CAROLINA GIULIANA FERNANDEZ CARRILLO, Asesora II del Despacho Ministerial, y del señor JUAN CARLOS SOSA SAN MIGUEL, Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, a la ciudad de Santiago, República de Chile del 27 al 29 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son cubiertos por el pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo US$Viáticos por día US$ 370.00 (02 días de viáticos + 01 día por instalación)Total US$ CAROLINA GIULIANA FERNANDEZ CARRILLO1,032.00 1,110.00 2,142.00 JUAN CARLOS SOSA SAN MIGUEL1,032.00 1,110.00 2,142.00 Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deben presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2128422-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Viceministro de Transportes RESOLUCIÓN SUPREMA N° 020-2022-MTC Lima, 23 de noviembre de 2022