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116 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2022 El Peruano / económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo. El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante Decretos de Alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante la Ordenanza Nº 435-MDS se aprobó la creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito de Surquillo (CCONNA - SURQUILLO), disponiéndose en el Artículo Sexto que el Reglamento de Organización y Funciones del CCONNA-SURQUILLO será aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, a través del Informe Nº 293-2022-GDSEJ- MDS, de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes, remitió a la Gerencia Municipal, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (ROF CCONNA - SURQUILLO) para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 132-2022-GPPCI- MDS, de fecha 20 de setiembre de 2022 y el Informe Nº 325-2022-GAJ-MDS, de fecha 04 de octubre de 2022, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional y la Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente, opinan que es procedente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Surquillo (ROF CCONNA - SURQUILLO), mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (ROF CCONNA - SURQUILLO), el mismo que forma parte integrante del presente Decreto, en atención a los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional su difusión correspondiente, y a la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes y a la Subgerencia de PROMAPED, DEMUNA, Matrimonios y Divorcios No Contenciosos, su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” a Secretaría General, y el citado reglamento se publicará en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2117772-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza que exonera a costo cero del pago de derecho de trámite de Matrimonio Civil, para la realización de la actividad “Matrimonio Civil Comunitario 2022” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2022-MDM Majes, 10 de octubre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesión Ordinaria de fecha 30 de setiembre de 2022, bajo la presidencia del Arq. Renee Cáceres Falla y la existencia del quórum reglamentario de regidores, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Concejo; ha adoptado. VISTO:El Informe Nº 000060-2022/RRCC/MDM de la Jefatura de Registro Civil; Dictamen Nº 0000183-2022/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 00057-CORPI-2022-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Político Institucional; Proveído Nº 0000628-2022/A/MDM; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de autonomía municipal, como la Garantía Institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esto concordante con lo preceptuado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972; Que, mediante Informe Nº 000060-2022/RRCC/MDM de la Jefatura de Registro Civil, mani fi esta que dentro del Plan Anual de la Unidad de Registro Civil, se ha considerado la realización de la actividad “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2022”, a realizarse el día 21 de octubre del presente año, en aras de promover la unidad familiar en el distrito de Majes, ello a fi n de que las parejas puedan regularizar su situación conyugal y de tal manera garantizar un hogar sólido y constituido conforme a las normas legales vigentes; proponiendo que el pago de derechos sea a costo cero, por lo que solicita que se ponga a consideración de sesión del pleno de Concejo, a efecto de aprobar la exoneración de pago de derecho de tramitación conforme lo prevé el TUPA de la Municipalidad Distrital de Majes. Que, estando a ello, se tiene que el numeral 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Unidad de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Majes, establece como pago de tramitación de matrimonio civil el monto de S/. 242.00 Soles; por lo que, conforme a lo solicitado por la Jefatura de la Unidad de Registro Civil, se ponga a consideración de sesión de Concejo para su aprobación correspondiente. Que, asimismo se tiene la opinión favorable de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica mediante su Dictamen Nº 0000183-2022/SGAJ/MDM, respecto a que es procedente que el pleno de Concejo Municipal en uso de sus atribuciones que le concede la Ley Orgánica de Municipalidades, decida sobre la exoneración de pago de costo cero, por derecho de trámite de matrimonio civil, a efecto de la realización de actividad “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2022”, a llevarse a cabo el día 21 de octubre del presente año, según el Informe Nº 000060-2022/RRCC/MDM.