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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (22/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2022 El Peruano / Que, mediante Dictamen Nº 00057-CORPI-2022- MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Político Institucional, se opina por unanimidad declarar procedente la exoneración de pago a costo cero, por derecho de trámite de matrimonio civil, a efecto de la realización de actividad “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2022”, a llevarse a cabo el día 21 de octubre del presente año, según el Informe Nº 000060-2022/RRCC/MDM; asimismo, se deberá de cumplir con los protocolos de bioseguridad debidamente acordados por la Autoridad Sanitaria Nacional y las medidas del Estado de Emergencia Nacional. Que, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 9º numeral 9, como una de sus atribuciones del Concejo Municipal el de “Crear, modi fi car, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley”. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en sesión ordinaria por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE EXONERA A COSTO CERO DEL PAGO DE DERECHO DE TRAMITE DE MATRIMONIO CIVIL, PARA REALIZACIÓN DE ACTIVIDAD “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2022” Artículo Primero.- APROBAR la EXONERACIÓN a costo cero del Pago de Derecho de Trámite de Matrimonio Civil, establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, para la realización de actividad denominada “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2022”, a realizarse el día 21 de octubre del presente año, según Informe Nº 000060-2022/RRCC/MDM; ello conforme a la documentación obrante y lo sustentado en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Jefatura de Unidad de Registro Civil realice los actos administrativos y de administración necesarios en coordinación con las áreas competentes, para la ejecución de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PÓNGASE de conocimiento de la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, Sub Gerencia de Administración y Finanzas, Jefatura de Unidad de Registro Civil y áreas competentes, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente en el Diario O fi cial El Peruano; a la O fi cina de Informática y al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente en la página web (munimajes.gob.pe) de la Entidad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RENEÉ D. CÁCERES FALLA Alcalde 2117405-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu.com. pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES