TEXTO PAGINA: 110
110 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de agosto de 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 143-2022-DREM.M/GRM Moquegua, 15 de septiembre del 2022VISTOS: El expediente del derecho minero “LA MINA ESCONDIDA” con código Nº 68-00009-21, “PATRICIA ROXANA” con código Nº 68-00030-21, “LA AGUADA DE GUANEROS” con código Nº 68-00039-21, “PIO XII” con código Nº 68-00017-20; el Informe Legal Nº 213-2022-CPLCH-UTNCM/DREM.M/GRM emitido por la Asesora Legal de la Unidad Técnica Normativa del Área de Concesiones Mineras; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones especí fi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM, se declara que el Gobierno Regional de Moquegua, entre otros, ha concluido el proceso de transferencia de funciones en materia de energía y minas; Que, el inciso f) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, el cual aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, establece que es función de los Gobiernos Regionales “Otorgar el título de las concesiones mineras”; y, en su inciso n) señala que “Publicar en el Diario O fi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior”; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, en su Artículo 124º establece textualmente que “Mensualmente, el Registro Público de Minería publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior”; y, en concordancia con el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM señala que “(…) el Gobierno Regional competente…publica en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes(…)”; Que, revisados los expedientes administrativos de los derechos mineros “LA MINA ESCONDIDA” con código Nº 68-00009-21, “PATRICIA ROXANA” con código Nº 68-00030-21, “LA AGUADA DE GUANEROS” con código Nº 68-00039-21 y “PIO XII” con código Nº 68-00017-20; se advierte la existencia de títulos mineros otorgados en el mes de AGOSTO del presente año; por lo que, corresponde realizar su publicación, en vías de regularización, en el diario o fi cial “El Peruano” ello conforme lo prevé el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM y demás normativa invocada; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 009-2019-GR/MOQ de fecha 02 de Enero del 2019 concordante con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 396-2021-GR/MOQ de fecha 27 de Octubre del 2021; y, asumiendo competencia el Gobierno Regional de Moquegua conforme a la Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM;SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE, en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de AGOSTO del año 2022, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, ello conforme lo prevé el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, conforme al siguiente detalle: 1) Concesión Minera “LA MINA ESCONDIDA” con código Nº 68-00009-21, titular Eduardo Valdivia Cami, coordenadas UTM WGS84 V1:N8111 000.00 E301 000.00 V2: N8110 000.00 E301 000.00 V3: N8110 000.00 E300 000.00 V4: N8111 000.00 E300 000.00, título R.D.R. Nº 132-2022-DREM.M/GRM en fecha 10/08/2022; 2) “PATRICIA ROXANA” con código Nº 68-00030-21, titular Transportes Zuñiga S.R.L., coordenadas UTM WGS84 V1:N8100 000.00 E302 000.00 V2: N8099 000.00 E302 000.00 V3: N8099 000.00 E301 000.00 V4: N8100 000.00 E301 000.00, título R.D.R. Nº 131-2022-DREM.M/GRM en fecha 10/08/2022; 3) “LA AGUADA DE GUANEROS” con código Nº 68-00039-21, titular G&P Soluciones e Inversiones S.A.C., coordenadas UTM WGS84 V1:N8086 000.00 E279 000.00 V2: N8084 000.00 E279 000.00 V3: N8084 000.00 E277 000.00 V4: N8085 000.00 E277 000.00 V5:N8085 000.00 E274 000.00 V6: N8086 000.00 E274 000.00 V7: N8086 000.00 E275 000.00 V8: N8087 000.00 E275 000.00 V9: N8087 000.00 E276 000.00 V10: N8086 000.00 E276 000.00, título R.D.R. Nº 133-2022-DREM.M/GRM en fecha 11/08/2022; y, 4) “PIO XII” con código Nº 68-00017-20, titular Pio Florentino Lopez Prado, coordenadas UTM WGS84 V1:N8092 000.00 E276 000.00 V2: N8091 000.00 E276 000.00 V3: N8091 000.00 E275 000.00 V4: N8092 000.00 E275 000.00, título R.D.R. Nº 134-2022-DREM.M/GRM en fecha 11/08/2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Área de Administración la debida publicación a través del diario ofi cial “El Peruano”, en la forma y estilo de Ley. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, la presente Resolución Directoral en el Portal Electrónico Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas - Moquegua. Regístrese y publíquese.ROBERT GERMAN CARAZAS FLORES Director Regional de Energía y MinasDirección Regional de Energía y Minas 2117524-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Designan Secretario Técnico del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2022-CM/MDSJL San Juan de Lurigancho, 13 de octubre de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual, de fecha 13 de octubre de 2022; el Memorando Nº 835-2022-GM/MDSJL, de fecha 03 de octubre de 2022, expedido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 141-2022-GAJ/MDSJL, de fecha 23 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 901-2022-