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6 NORMAS LEGALES Domingo 30 de octubre de 2022 El Peruano / Nombres y ApellidosPasajes aéreos US$Viáticos por día US$N° de díasTotal de viáticos US$ RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO2,219.06 440 4+1 2,200.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza debe presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANIBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2120475-1 Modifican el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 0004-2022-PCM/SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 014-2022-PCM/SGSD Lima, 28 de octubre de 2022VISTOS: El Informe N° D000017-2022-PCM-SSGD-OCE y la Nota de Elevación Nº D001071-2022-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, asimismo, el literal h) del artículo 94 del citado Texto Integrado, establece como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 008-2021-PCM-SGSD se aprobaron los “Lineamientos y protocolos para la intervención del poder ejecutivo gobiernos regionales y locales en materia de gestión social y diálogo”, en la que se establece que los diversos sectores del Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales y Locales son responsables y actúan como primera respuesta del Estado ante escenarios de confl ictividad social, debiendo interactuar con los actores en territorio para atender el con fl icto social y permitir la generación de espacios de diálogo de forma oportuna y efi ciente, al mismo tiempo establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, en el marco de sus competencias, coordina con todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, la debida atención de los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos para la solución de controversias y confl ictos sociales, al tiempo que co-facilita los espacios de diálogo, que contribuya a la solución temprana del con fl icto y prevenir la escalada del mismo; Que, mediante la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 004-2022-PCM/SGSD, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Ejecutiva de Alto Nivel para contribuir a la atención y solución de la problemática socio económica por la que atraviesa el subsector de ganadería lechera del país”, con el objetivo de analizar la problemática de la ganadería lechera del país para generar alternativas de solución a corto, mediano y largo plazo, garantizando la seguridad alimentaria de la población peruana, la cual está vigente hasta el 30 de octubre de 2022; Que, mediante el O fi cio Nº 738-2022-MIDAGRI/ DVDAFIR/DGDG e Informe N° 0044-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-BMB, de 27 de octubre de 2022, la Dirección General de Desarrollo Ganadero del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Secretaría Técnica del mencionado grupo de trabajo), solicitan la ampliación de la vigencia de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0004-2022-PCM/SGSD por un plazo de 06 meses (hasta el 30 de abril de 2023), sustentando en los nuevos acuerdos y/o compromisos asumidos en el Acta de 27 de octubre de 2022, a fi n de continuar con las coordinaciones y la articulación intersectorial que fortalezca al proceso de diálogo para la consecución del objetivo del grupo de trabajo; Que, mediante el Informe N°D000017-2022-PCM- SSGD-OCE, de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, sustenta la ampliación en atención a lo solicitado por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en su calidad de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo y en atención a los nuevos acuerdos y/o compromisos asumidos establecidos en el Acta de 27 de octubre de 2022, los mismos que, permiten cumplir de manera integral los objetivos que dieron lugar al presente espacio de diálogo. Agrega la subsecretaría que se cuenta con el consentimiento de los miembros que lo integran; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; y; los “Lineamientos y protocolos para la intervención del poder ejecutivo gobiernos regionales y locales en materia de gestión social y diálogo” aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 008-2021-PCM-SGSD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 0004-2022-PCM/SGSD Modifícase el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 0004-2022-PCM/SGSD, en los siguientes términos: “Artículo 11.- Período de vigencia La Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 30 de abril de 2023”. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ALBERTO MURO VENTURA Secretario de Gestión Social y Diálogo 2120476-1