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86 NORMAS LEGALES Domingo 30 de octubre de 2022 El Peruano / realizará del 15 al 17 de noviembre de 2022, participando en los eventos previos y posteriores a llevarse a cabo en el periodo comprendido del 09 al 21 de noviembre del presente año; por lo que debe continuarse el procedimiento a fi n que el Concejo Municipal pueda autorizar dicho viaje al exterior, así como los viáticos correspondientes, mediante el Acuerdo de Concejo respectivos, conforme a sus atribuciones; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Carlos Enrique Peña Orellana, Subgerente de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, del 09 al 21 de noviembre de 2022, a la ciudad de Barcelona, país España, para su participación como expositor y panelista, en representación de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, al evento denominado “11va edición del Smart City Expo World Congress”; asimismo, el mencionado funcionario realizará una visita técnica al distrito 22@ Barcelona, para conocer el despliegue del aplicativo de aparca B, a fi n de evaluar la aplicación de estas nuevas tecnologías en bene fi cio de nuestro distrito. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el gasto por comisión de servicios hasta por el monto de S/ 11,000.00 (Once mil con 00/100 soles) a ser otorgados al referido servidor de con fi anza, para la adquisición de pasajes aéreos y viáticos. Artículo Tercero.- PRECISAR que el citado servidor de con fi anza, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario siguientes a su retorno del viaje indicado en el artículo primero, deberán realizar la respectiva rendición de cuentas, así como el informe correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catorias y la Directiva N° 008-2018- GM/MM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación del presente dispositivo en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LUIS MOLINA ARLES Alcalde 2120481-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 002-2022-MDB, que otorga beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados en el distrito de Bellavista como consecuencia del estado de emergencia por el COVID-19 DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2022-MDB/ALC Bellavista, 28 de octubre del 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO:El Informe N° 128-2022-MDB/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 28 de octubre de 2022;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, y posteriormente modi fi cado por la Ley N° 28607, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con éste se pronuncia el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 195° de nuestra Carta Magna establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, así como la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; siendo competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; Que, el Artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y sus modi fi catorias, establece que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren; y en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 002-2022- MDB se otorga bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados en el distrito de Bellavista como consecuencia del estado de emergencia por el COVID-2019; asimismo, en su Tercera Disposición fi nal se faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue su vigencia y/o dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para su mejor aplicación; Que, mediante Informe N° 128-2022-MDB/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas sustenta la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 002-2022-MDB, proponiendo ampliar los bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados en el distrito de Bellavista como consecuencia del estado de emergencia por el COVID-19, hasta el 30 de noviembre de 2022; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY N° 27972 – LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre de 2022 la vigencia de los bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados en el distrito de Bellavista como consecuencia del estado de emergencia por el COVID-19, establecidos en la Ordenanza Municipal N° 002-2022-MDB. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a sus Unidades Orgánicas que la conforman, el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encárguese su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2120499-1