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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / Digital) de la Presidencia del Consejo de Ministros de Perú, por el ofrecimiento para que la ciudad de Lima sea la sede de la VII Reunión Ministerial de Gobierno Digital 2022; Que, como resultado de la XV Reunión Anual de la Red GEALC, llevada a cabo los días 18 y 19 de noviembre de 2021, se aprobó el Compromiso de Ciudad de Panamá, en el cual se aprueba el Plan de Trabajo 2022, documento que establece que la reunión ministerial y anual de la Red GEALC se realizará en la ciudad de Lima, Perú, en el segundo semestre del año 2022; Que, mediante carta de fecha 09 de junio 2022, la Red GEALC hace de conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, la elección del Perú como sede de la “VII Cumbre Ministerial de Gobierno y Transformación Digital de las Américas”, elección que se sustenta en base a los avances del Perú en materia digital; Que, dada la importancia de la organización del mencionado evento y su carácter internacional, que involucra la asistencia de ministros de Estado de los países miembros de la Red GEALC, delegaciones extranjeras y altos funcionarios, el Estado peruano requiere facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; por lo que, resulta necesario declarar de interés nacional la realización de la “VII Cumbre Ministerial de Gobierno y Transformación Digital de las Américas”, que se celebrará en la ciudad de Lima los días 10 y 11 de noviembre del presente año; Que, el artículo 1, concordante con el literal d) del artículo 2 de la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, señala que esta tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1. Declaración de interés nacional Declárese de interés nacional la realización de la “VII Cumbre Ministerial de Gobierno y Transformación Digital de las Américas”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, los días 10 y 11 de noviembre de 2022. Artículo 2. Facilitación aduanera y de ingreso de participantes El Estado facilita los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes para la realización del evento declarado de interés nacional en el artículo precedente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional. Artículo 3. Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4. Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.Artículo 5. RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2101980-1 Aprueban los “Lineamientos Metodológicos para la Elaboración de la Agenda Territorial para el Desarrollo y su Estrategia de Implementación” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 034-2022-PCM/SD Lima, 31 de agosto de 2022 VISTOS:El Memorando N° D051-2022-PCM-SSPDT y el Informe N° 001-2022-PCM-SSPDT-DJP de la Subsecretaría de Promoción del Desarrollo Territorial; CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, el artículo 188, señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, de acuerdo con lo previsto en la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Estado peruano está comprometido a desarrollar una integral descentralización, política, económica y administrativa, trans fi riendo progresivamente competencia y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fi n de eliminar el centralismo; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, desarrolla el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el numeral 13 del artículo 19 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función del Presidente del Consejo de Ministros, presidir y convocar el Consejo de Coordinación Intergubernamental, con la participación de los gobernadores regionales y una representación de alcaldes, con la fi nalidad de fortalecer el proceso de descentralización y darle seguimiento en tanto Política de Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2021- PCM, se aprueba el nuevo Reglamento del Consejo de Coordinación Intergubernamental – CCI, cuya fi nalidad es, entre otras, fortalecer la gobernanza, conducción, implementación y seguimiento del proceso de descentralización, así como coadyuvar al desarrollo territorial en el marco del proceso de descentralización, facilitando y garantizando el alineamiento de políticas, objetivos, orientaciones, prioridades y recursos en los territorios; en la perspectiva de construir, gestionar y monitorear agendas de desarrollo territorial, que incluyan planes de implementación de políticas territoriales y programas de inversión anual y multianual ;