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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido decreto supremo, faculta a la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial, a emitir los lineamientos y las directivas que resulten necesarias para el funcionamiento operativo del CCI, así como otras normas complementarias que contribuyan a dichos fi nes; Que, en atención a ello, la Secretaría de Descentralización ha elaborado una propuesta de “Lineamientos Metodológicos para la Elaboración de la Agenda Territorial para el Desarrollo y su Estrategia de Implementación” a fi n de que, los territorios entendidos como espacios geográ fi cos conformado por dos o más distritos, o en su defecto, provincias o departamentos que comparten una potencialidad (productiva, de conectividad), un corredor económico, la prevalencia de una necesidad en lo social o ambiental y similares, que debe ser abordada con una estrategia que integre las jurisdicciones administrativas de los distritos y/o provincias involucradas, cuenten con una herramienta que les sirva de guía en la construcción de sus agendas de desarrollo territorial con criterios determinados e información que pueda ser recogida, analizada y valorada de tal manera que permita una adecuada plani fi cación y ejecución las intervenciones destinadas a satisfacer la demandas ciudadanas, contando la participación y apoyo de los niveles de gobierno que correspondan, la sociedad civil y la comunidad académica, logrando así una gobernanza efectiva que fortalezca el proceso de descentralización a través de la participación directa de los actores en la toma de decisiones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos Metodológicos para la Elaboración de la Agenda Territorial para el Desarrollo y su Estrategia de Implementación” el cual, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Secretaría de Descentralización podrá emitir disposiciones complementarias a los presentes lineamientos para orientar su implementación y lo establecido en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el diario o fi cial El Peruano, así como de su anexo en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA Secretario de Descentralización 2101780-1 Aprueban requisitos específicos, indicadores y procedimientos de verificación que deberán aplicarse en la etapa de certificación de las funciones específicas sectoriales a ser transferidas a los gobiernos regionales, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 035-2022-PCM/SD Lima, 31 de agosto de 2022 VISTOS: El Memorando N° 0333-2022-PCM-SSARL y el Informe N° 000008-2022-SSARL-MCP CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objeto fundamental el desarrollo integral del país; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, dirigir el proceso de descentralización del Poder Ejecutivo y supervisar sus avances en coordinación con los gobiernos locales y regionales; Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; y en el literal g) del Artículo 40, expresa que una de sus funciones es conducir, ejecutar, monitorear y evaluar la transferencia de competencias, funciones, facultades y recursos a los gobiernos regionales y gobiernos locales, con arreglo a Ley; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las funciones sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, con el objeto de establecer los métodos, procedimientos y los plazos para ejecutar la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, contenidas en el Plan Anual de Transferencia 2007, que incluye, también, las funciones sectoriales pendientes incluidas en los Planes Anuales del 2004 al 2006 que forma parte del Plan Anual 2007, aprobado por el Decreto Supremo N° 036-2007-PCM; Que, por efecto a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de dicha Directiva, los Sectores elaboraron propuestas de requisitos especí fi cos sectoriales, en coordinación de la Secretaría de Descentralización, los cuales deberán ser aprobados por la norma correspondiente y ser publicados para conocimiento de los actores involucrados; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 018-2014-PCM-SD, se precisó que las Directivas N° 001-2007-PCM-SD, N° 006-2007-PCM-SD y N° 003-2008-PCM, resultan aplicables, en lo pertinente, para efectos del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los gobiernos regionales, previstas en normas especiales, no incorporadas expresamente en alguna de las funciones descritas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus normas modi fi catorias; Que, el Informe N° D000008-2022-PCM-SSARL-MCP emitido por la Subsecretaría de Articulación Regional y Local de la Secretaría de Descentralización señala que los requisitos especí fi cos, indicadores y procedimientos de veri fi cación, remitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el O fi cio N° 006-2022-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF, sean aprobados a fi n de continuar con el proceso de transferencia de competencias en materia ambiental; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones