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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos Lima – Seúl (República de Corea) - Lima: US$ 7,801.25 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 15,602.50 Viáticos (03 SET 22 - Escala en Los Ángeles, EEUU) Coronel FAP Juan Carlos Raúl ABADIE LLAQUEUS$ 440.00 x 40% x 1 persona x 1 día US$ 176.00 Viáticos (Seúl - Corea) Coronel FAP Juan Carlos Raúl ABADIE LLAQUE US$ 500.00 x 1 persona x 4 días US$ 2,000.00 -------------------- Total general US$ 17,778.50 Artículo 3.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Defensa 2101979-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma a favor del Ministerio de Defensa, con la finalidad de dar continuidad a la atención alimentaria de escolares que se encuentran en zonas remotas a través de los vuelos de apoyo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2022-MIDIS Lima, 2 de septiembre de 2022VISTOS:El Informe N° D000119-2022-MIDIS-OP, emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Memorando N° D000980- 2022-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000439-2022-MIDIS-DGDAPS, emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000345-2022-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000470-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 243-2021-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como el numeral 11.1 de la Ley N° 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas, disponen la asignación de recursos a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa para fi nanciar el apoyo que brinden, mediante transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, las Fuerzas Armadas (FFAA) a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones; Que, el numeral 11.5 de la Ley N° 31538, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas para el transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, deben transferir recursos a favor del Ministerio de Defensa, de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dicho Ministerio; Que, asimismo el numeral 11.6 del artículo 11 de la Ley N° 31538, dispone que para efectos de lo señalado en el numeral 11.5 de dicha Ley, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas a realizar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Dichas transferencias fi nancieras se realizan, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 0469-2022-MINDEF/ VRD, de fecha 07 de junio de 2022, a través del cual desde el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa se informó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social que el pliego Ministerio de Defensa ha superado el monto máximo asignado al Pliego MINDEF, de la Actividad 5005261 “Servicio de Apoyo a Otras Entidades”, debido a que dichos montos se encuentran certi fi cados superando el monto máximo; quedando de esta manera, todas aquellas entidades que efectúan vuelos con apoyo de las Fuerzas Armadas, en condiciones de efectuar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 026, Ministerio de Defensa. Que, mediante Resolución Ministerial N° 080-2022-MIDIS, publicada en fecha 08 de junio de 2022, se autorizó la transferencia fi nanciera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, al Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 3 852 940,74 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARETA Y 74/100 SOLES). Dicho monto se estableció conforme a la fecha de comunicación del MINDEF, respecto a la falta de recursos para vuelos de apoyo; considerando que, las acciones por las primeras entregas de alimentos debían ser conciliadas conforme al monto asignado al Pliego MINDEF mediante la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante O fi cio N° 0694-2022-MIDIS/PNAEQW- DE, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma informó la conciliación correspondiente a la tercera entrega aérea de alimentos en los Ítems El Cenepa 2 e