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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (20/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 20 de setiembre de 2022 El Peruano / De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Curso de Pilotaje en la aeronave BEECHCRAFT UB55/UB58, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 22 de setiembre al 13 de octubre de 2022; así como, autorizar su salida del país el 21 de setiembre y su retorno el 14 de octubre de 2022: Titulares:- Mayor FAP CESAR SANTIAGO VICUÑA CRIALES, identi fi cado con NSA Nº O-9729103 y DNI Nº 41766994 - Capitán FAP MARCO ANTONIO PALOMINO MONTENEGRO, identi fi cado con NSA Nº O-9753706 y DNI Nº 43080146. Suplentes:- Capitán FAP CARLOS ENRIQUE SOLÍS MOLERO, identi fi cado con NSA Nº O-9742106 y DNI Nº 43415876 - Capitán FAP ADELMO TADEO DÍAZ CUEVA, identi fi cado con NSA Nº O-9750506 y DNI Nº 44702075. Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos de ida y vuelta: Lima - Montevideo (República Oriental del Uruguay) - Lima US $ 1,824.49 x 2 personas = US $ 3,648.98 Viáticos: US $ 370.00 x 22 días x 2 personas x 20% = US $ 3,256.00 Total a Pagar = US $ 6,904.98 Artículo 4.- Los gastos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Fuerza Aérea Uruguaya, a excepción de traslados internos, pasajes aéreos internacionales de ida, vuelta y seguro médico. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior más antiguo autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Defensa 2106891-1DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 142-2022-MIDIS Lima, 16 de septiembre de 2022VISTOS: El Memorando N° D000360-2022-MIDIS-VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº D000088-2022-MIDIS-DGIPAT, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, el Memorando Nº D000363-2022-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, el Informe Nº D000464-2022-MIDIS-DGDAPS, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000495-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que, el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2022-IN, se modi fi ca el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 001-2016-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28950 Ley Contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes y crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes, estableciendo que la Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por un/a representante titular y un/a representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, los cuales serán designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, en virtud de lo dispuesto por el referido Decreto Supremo y los documentos de Vistos, corresponde la emisión del acto resolutivo mediante el cual se designe a los representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co de Migrantes, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 010-2022-IN; Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes, conforme el siguiente detalle: - Director/a de la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación, Políticas y Articulación Territorial, como representante titular. - Director/a de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, como representante alterno.