NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (20/09/2022)
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TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Martes 20 de setiembre de 2022 El Peruano / y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el contenido del acto de autorización: las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y; sobre la publicidad, las resoluciones sobre autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM (05.06.2002), modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, prevé: Contenido del acto de autorización.- La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…); Que, el subnumeral 5.2.6 del numeral 5.2 del artículo 5º de las “Normas que regulan los viajes al exterior en comisión de servicio, para autoridades, funcionarios, docentes y no docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica”, aprobada con Resolución Nº 1173-2019-CU-UNH (29.10.19), que a la letra dice: “La Ofi cina de Secretaría General elabora el proyecto de dispositivo legal que autoriza la comisión de servicio, la misma que se debe contener la siguiente información: a) Nombres y apellidos de la persona cuyo viaje al exterior se autoriza, b) Ciudad (es) y país (es) al/los que se realiza el viaje, c) La fecha de inicio y culminación de autorización de viaje, d) Indicar expresamente el motivo del viaje y sustento del mismo, e) Indicar el monto de los gastos por concepto de pasajes y viáticos”; Que, el artículo 136º del Estatuto de la UNH, modi fi cado con Resolución Nº 0024-2021-AU-UNH (22.12.2021), establece: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica, investigativa y administrativa que cumple en conformidad con lo señalado en el presente Estatuto; Que, el numeral 12 del artículo 141º del referido Estatuto, sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice: Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente; Estando a lo acordado en sesión extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 15 de setiembre de 2022 y en uso de las atribuciones que le con fi ere al Titular del Pliego la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH, y Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 0006-2021-CEU-UNH (02.07.2021); SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior de la República de Perú, al señor rector de la Universidad Nacional de Huancavelica, Dr. Edgardo Félix PALOMINO TORRES, a la ciudad de Manizales del país de Colombia, para su disertación en la apertura del “9NO. ENCUENTRO DE RESPONSABLES AMBIENTALES DE PROVINCIAS, ESTADOS Y REGIONES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE, otorgándosele pasajes y viáticos de acuerdo al siguiente detalle: NOMBRES Y APELLIDOSEVENTO / PAÍS DE DESTINOPERIODO DE VIAJEPASAJES (AÉREOS) S/VIÁTICOS S/SEGURO INTERNACIONAL S/IMPORTE TOTAL S/ Edgardo Félix PALOMINO TORRES“9NO. ENCUENTRO DE RESPONSABLES AMBIENTALES DE PROVINCIAS, ESTADOS Y REGIONALES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE” UNIVERSIDAD MANIZALES - COLOMBIA21/09/2022 Al 23/09/20223 000,00 2 570,00 500,00 6 070,00 Artículo Segundo.- DISPONER a la responsable de publicaciones de dispositivos legales de la Universidad Nacional de Huancavelica, la publicación de esta resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido en las normas aplicables sobre la materia. Artículo Tercero.- NOTIFICAR al Vicerrectorado Académico, al Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, O fi cina de Comunicación de Imagen Institucional, Responsable de Publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados para su conocimiento y cumplimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y archívese.EDGARDO FÉLIX PALOMINO TORRES Rector RÚSBEL FREDDY RAMOS SERRANO Secretario General 2107265-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Resuelven recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 00294-2022-JEE-HMLS/JNE RESOLUCIÓN Nº 2552-2022-JNE Expediente Nº ERM.2022023775 HUÁNUCOJEE HUAMALÍES (ERM.2022018286)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, tres de agosto de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual del 31 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación presentado por don Gino José Dávila Sabrera, personero legal de la organización política Partido Político Nacional Perú Libre (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00294-2022-JEE-HMLS/JNE, del 5 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamalíes (en adelante, JEE), que declaró improcedente por extemporáneo la solicitud de inscripción de lista de candidatos para las Municipalidades Provinciales de Huamalíes, Dos de Mayo y Huacaybamba, departamento de Huánuco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. El 5 de julio de 2022, mediante la resolución del visto, el JEE declaró improcedente, por extemporáneo, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para las Municipalidades Provinciales de Huamalíes, Dos de Mayo y Huacaybamba de la organización política Partido Político Nacional Perú Libre (en adelante, OP). La decisión se fundamentó, principalmente, en que la solicitud presentada en la Mesa de Partes Virtual (MPV) del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE) se efectuó el 29 de junio de 2022, esto es, fuera del plazo legal establecido en el numeral 31.1 del artículo 31 del