NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (20/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Martes 20 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, en el ámbito de su competencia, la citada Unidad de Plani fi cación, Presupuesto y Sistemas señala que, mediante Informe N° 0000064-2022-PNIPA/UIA del 16 de setiembre de 2022, las Unidades de Innovación en Acuicultura (UIA) y en Pesca (UIP) solicitan la validación de disponibilidad presupuestal para la atención de sesenta y cuatro (64) solicitudes de desembolso por el monto total de S/.2,925,080.36, adjudicados en los Concurso 2018-2019 y 2020-2021; Que, considerando lo solicitado en el Informe No 0000064-2022-PNIPA/UIA, respectivamente, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto y Sistemas concluye que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal por lo que considera viable la atención del requerimiento presentado por la Unidad de Innovación en Pesca y la Unidad de Innovación en Acuicultura en cuanto atender sesenta y cuatro (64) solicitudes de desembolso por el monto total de S/ 2,925,080.36 que corresponden al PIP Pesca nueve (17) solicitudes de desembolso por el monto total de S/ 854,410.40 y al PIP Acuicultura cuarenta y siete (47) solicitudes de desembolso por el monto total de S/ 2,070,669.96, cuyas solicitudes de desembolso corresponden a los procesos concursables 2018-2019 y 2020-2021, formuladas por las OMR I, II, III, IV, V y VI del PNIPA; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y en Acuicultura y las respectivas O fi cinas Macro Regionales deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular del Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos, así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial; Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y en Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías señaladas en los cuadros del Anexo Único de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 2,925,080.36 (Dos millones novecientos veinticinco mil ochenta con 36/100 soles), de los cuales corresponden al PIP Proyecto Nacional de Innovación en Pesca diecisiete (17) solicitudes de desembolso por el monto total de S/.854,410.40 y al PIP Proyecto Nacional de Innovación en Acuicultura cuarenta y siete (47) solicitudes de desembolso por el monto total de S/ 2,070,669.96, los cuales se atenderán por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (S/ 2,072,380.96) y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (S/ 852,669.40); en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, las O fi cinas Macro Regionales y la Unidad de Administración deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Asimismo, se dispone que la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, cumplan con informar de manera oportuna para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, con relación al cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa queda facultada para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, disponer que las Unidades de Plani fi cación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación y Publicación Notifi car la presente Resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, asimismo disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ Director Ejecutivo Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura 2106978-1 SALUD Designan Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 727-2022/MINSA Lima, 19 de setiembre del 2022Visto, el Expediente N° OGAJ0020220000282, que contiene la Nota Informativa N° D000171-2022-OGAJ/MINSA, emitida por el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y,