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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (10/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 10 de abril de 2023 El Peruano / Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, mediante los documentos de Vistos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la incorporación de tres (3) servicios de DIGESA para que inicien su operación a través de la VUCE; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2020-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la incorporación de tres (3) servicios de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud, para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), los mismos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo ANEXO Servicios de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) incorporados a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) N° Denominación del servicio Entidad competente 1Reconocimiento del Código de Identi fi cación de la Noti fi cación Sanitaria Obligatoria de Producto de Higiene Doméstica con Propie-dad Desinfectante.DIGESA del Ministerio de Salud 2Renovación del Código de Identi fi cación de la Noti fi cación Sanitaria Obligatoria de Pro- ducto de Higiene Doméstica con Propiedad Desinfectante.DIGESA del Ministerio de Salud 3Notifi cación Sanitaria Obligatoria de Pro- ducto de Higiene Doméstica con Propiedad Desinfectante.DIGESA del Ministerio de Salud 2166976-1 Designan Director General de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2023-MINCETUR Lima, 4 de abril de 2023 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JOSÉ ABELARDO PADILLA MAGUIÑA en el cargo de Director General de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2166981-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, y su exposición de motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 068-2023-MIDIS Lima, 4 de abril de 2023 VISTOS: El Memorando N° D000171-2023-MIDIS-VMPES del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° D000104-2023-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000050-2023-MIDIS-OGTI emitido por la O fi cina General de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000218-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° D000035-2023-MIDIS-DGFIS emitido por la Dirección General de Focalización e Información Social; el Informe N° D000063-2023-MIDIS-DDM emitido por la Dirección de Diseño y Metodología; y el Informe N° D000022-2023-MIDIS-OM emitido por la O fi cina de Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el Sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante la Ley Nº 30435 se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), que tiene por objeto establecer los principios, alcance, organización, ámbito, procesos, procedimientos, infracciones y sanciones que regulan al SINAFO, especi fi cando los integrantes del sistema y sus funciones en concordancia con la Política Social y en articulación con el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS); Que, el artículo 6 de la citada Ley N° 30435 señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se encuentra a cargo del Sistema Nacional de Focalización, dicta las normas y lineamientos, y establece los procedimientos básicos del mismo, que aplican los integrantes del