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5 NORMAS LEGALES Lunes 10 de abril de 2023 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Director de la Oficina de Diálogo y Gestión Social de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 156-2023-VIVIENDA Lima, 9 de abril de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Diálogo y Gestión Social de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor José Alberto Muro Ventura, en el cargo de Director de la O fi cina de Diálogo y Gestión Social de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2167438-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del OSCE RESOLUCIÓN Nº D000076-2023-OSCE-PRE Jesús María, 5 de abril de 2023CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento (CAP-P N° 81) de la Ofi cina de Administración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, en ese sentido, se estima conveniente designar a la profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones de la Secretaria General (e), de la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos (s) y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica (e); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Madeleine Gómez Escudero en el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA LISSET GUTIERREZ GONZALES Presidenta Ejecutiva 2167435-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Disponen la publicación del proyecto del Manual de Usuario “Módulo de Declaración Jurada de Equipo Biomédico e Infraestructura aplicable a IPRESS Privadas – EBIO INFRA -” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 026-2023-SUSALUD/S Lima, 4 de abril de 2023 VISTOS: El Memorándum N° 000402-2023-SUSALUD- SAREFIS de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Informe N° 000424-2023-SUSALUD-INA de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, el Memorándum N° 000516-2022-SUSALUD-IID de la Intendencia de Investigación y Desarrollo, y el Informe N° 000142-2023-SUSALUD-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral VI del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley y que tienen impacto directo o indirecto en la salud individual y colectiva; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1156, Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a