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4 NORMAS LEGALES Lunes 10 de abril de 2023 El Peruano / Sistema; en tal sentido, diseña y regula los procedimientos de focalización y evalúa los resultados; Que, mediante la Ley Nº 31493 se modi fi ca la Ley Nº 30435 para fortalecer el Sistema Nacional de Focalización mejorando el proceso de focalización, fortaleciendo los mecanismos de control y maximizando el uso de los recursos asignados en el cumplimiento de sus competencias; y en la Primera Disposición Complementaria Final se dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social realiza las adecuaciones que correspondan en la reglamentación de la Ley Nº 30435; Que, el artículo 58 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, establece que la Dirección General de Focalización e Información Social es el órgano de línea del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, responsable de gestionar la implementación y operación del Sistema Nacional de Focalización, así como conducir las acciones para generar y gestionar información socioeconómica de los hogares; a fi n de ponerlas a disposición de las intervenciones que usen la clasi fi cación socioeconómica como criterio de elegibilidad, en el ámbito de la información social bajo su custodia; Que, mediante el Informe N° D000063-2023- MIDIS-DDM y el Informe N° D000035-2023-MIDIS-DGFIS, de la Dirección de Diseño y Metodología y de la Dirección General de Focalización e Información Social, respectivamente, se solicita la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, y su respectiva exposición de motivos; de conformidad a lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, y lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Que, en atención a lo expuesto, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, con la fi nalidad de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo; Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Focalización e Información Social, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de la Información efectúe la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, y su exposición de motivos, que como anexos forman parte de la presente resolución ministerial, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de diez (10) días calendarios, contados a partir de la publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”.Artículo 2.- Recepción de comentariosDisponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo y Exposición de Motivos mencionados en el artículo 1 se remitan al siguiente correo electrónico: lleon@midis.gob.pe. Artículo 3.- Órgano responsable Encargar a la Dirección de Diseño y Metodología de la Dirección General de Focalización e Información Social a recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2167329-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2023-MIMP Lima, 5 de abril de 2023Vistos, el Informe N° D000235-2023-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal, la Nota N° D000428-2023-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos y el Informe N° D000326-2023-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a II de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MIGUEL ANGEL GUMERCINDO LOVATON ANTICONA en el cargo de Director II de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2167436-1