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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (12/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de abril de 2023 El Peruano / técnicos contenidos en la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/ MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antropicos, según lo siguiente: “Destrucción parcial y en algunos puntos destrucción total de los muros en super fi cie de los muros, con maquinaria pesada y de manera mecánica. En peligro total por la expansión urbana, la venta ilegal de terrenos y por ampliación de la carretera central.” Que, mediante Memorando N° 000063-2023/ DDC HCO/MC de fecha 08 de febrero de 2023, la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Jancao Sector I y Jancao Sector II, ubicado en el distrito de Amarilis, Provincia y departamento de Huánuco, recaída en el Informe N° 000019-2023/DDC HCO-MBM/MC e Informe de inspección N° _001-2023-MBM_DDC-HCO-MC de fecha 03 de febrero de 2023, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condició n de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informes N° 000307-2023/DSFL/ MC y 000134-2023-DSFL/MC y 000023-2023-DSFL-LMS/MC la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° _001-2023-MBM_DDC-HCO-MC elaborado por la Licenciada Maria Cristina Baltazar Mateo; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Jancao Sector I y Jancao Sector II; Que, mediante Informe Nº 000068-2023-DGPA- ARD/MC de fecha 04 de abril de 2023, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Jancao Sector I y Jancao Sector II, ubicado en el distrito de Amarilis, Provincia y departamento de Huánuco; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Jancao Sector I y Jancao Sector II, ubicado en el distrito de Amarilis, Provincia y departamento de Huánuco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-034-MC_DGPA/DSFL-2019 WGS84, presenta las siguientes coordenadas:JANCAO SECTOR I Datum: WGS84 Zona UTM: 18 Sur Área (m2): 4739.61 m2(0.4739 ha)Perímetro: 335.99 m SITIO ARQUEOLOGICO JANCAO SECTOR I VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 7.16 110°22’26” 365980.7749 8905603.5061 2 2-3 11.90 65°6’40” 365987.9262 8905603.1826 3 3-4 13.22 190°59’31” 365982.4365 8905592.6276 4 4-5 4.61 232°27’46” 365978.6835 8905579.9473 5 5-6 5.21 207°30’18” 365981.3909 8905576.2174 6 6-7 26.30 146°0’41” 365986.0530 8905573.89117 7-8 42.49 213°56’34” 365999.0000 8905551.0000 8 8-9 34.99 85°36’5” 366037.0000 8905532.0000 9 9-10 11.92 113°34’43” 366019.0000 8905502.0000 10 10-11 16.89 249°39’59” 366007.1795 8905503.5321 11 11-12 61.92 95°29’40” 365999.3225 8905488.5787 12 12-1 99.38 89°15’36” 365942.0000 8905512.0000 TOTAL 335.99 1799°59’59” JANCAO SECTOR II Datum: WGS84 Zona UTM: 18 SurÁrea (m2): 513.68 m2 (0.0513 ha)Perímetro: 111.10 m SITIO ARQUEOLOGICO JANCAO SECTOR II VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 9.36 93°7’13” 365948.9756 8905586.2995 2 2-3 44.00 94°49’58” 365957.3554 8905582.1229 3 3-4 11.34 84°12’50” 365941.1155 8905541.2296 4 4-5 7.17 92°56’5” 365931.0520 8905546.4562 5 5-6 3.53 254°10’17” 365934.0256 8905552.97786 6-1 35.70 100°43’37” 365931.3352 8905555.2627 TOTAL 111.10 720°0’0” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° _001-2023-MBM_DDC-HCO-MC de fecha 03 de febrero de 2023, así como en los Informes N° 000307-2023/DSFL/MC, 000134-2023-DSFL/MC e Informe N° 000023-2023-DSFL-LMS/MC y en el Plano Perimétrico con código PP-034-MC_DGPA/ DSFL-2019 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xSe viene realizando visitas casi permanentes para determinar que no haya más afectaciones. - Señalización: xSe ha instalado dos carteles de señalización respectiva del sitio arqueológico una vez aprobado la protección provisional. -Trámite para la aprobación del plano dedelimitaciónxSe envía a la Dirección de Catastro y Saneamiento físico Legal el proyecto de delimitación del Plano N° PP-034-MC_DGPA/DSLF/2019 WGS84 de setiembre2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones