TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para participar en eventos a realizarse en Panamá y Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 220-2023-MINCETUR Lima, 26 de julio de 2023 VISTO, el O fi cio N° 000579-2023-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ ha programado realizar el día 15 de agosto de 2023, en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, un evento empresarial que convocará a treinta (30) empresarios panameños de los sectores de banca y fi nanzas, retail, consumo masivo, minería, logística y transporte, e industria alimentaria, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana del sector de servicios y participen en el evento Perú Service Summit 2023, que se realizará en el mes de setiembre de 2023, en la ciudad de Lima; Que, previamente, el día 14 de agosto del presente año, se sostendrá reuniones con el equipo de la Facilitación Comercial en Panamá y con representantes de la Cámara de Comercio de Panamá; Que, por otro lado, PROMPERÚ participará, conjuntamente con empresas peruanas del sector franquicias, en la Feria Internacional “FANYF 2023”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 16 al 17 de agosto de 2023, con el objetivo de promover en el mercado colombiano la internacionalización y posicionamiento de las franquicias peruanas como negocios rentables, asequibles y con experiencia para el soporte del inversionista; para tal efecto, el día 15 de agosto del mismo año, se llevarán a cabo reuniones con la O fi cina Comercial del Perú en el Exterior – OCEX Bogotá, así como acciones previas para lograr una óptima presentación; Que, es importante la participación de Perú en dicha feria porque permitirá establecer contactos comerciales que generen oportunidades de inversión para la oferta peruana de franquicias, a través de la exhibición comercial y reuniones de negocios, y para dar a conocer las oportunidades comerciales y aspectos de acceso al mercado colombiano; Que, siendo de interés institucional la participación de PROMPERÚ en la presentación del Perú Service Summit 2023 y en la Feria Internacional “FANYF 2023”, la Presidencia Ejecutiva ha solicitado se autorice la comisión de servicios al exterior del señor David Abraham Edery Muñoz, a la Ciudad de Panamá y a la ciudad de Bogotá, y de la señorita Jackeline Isabel Castillo Rojas a la ciudad de Bogotá, ambos profesionales de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de la entidad realicen acciones de promoción de las exportaciones en los eventos antes señalados; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor David Abraham Edery Muñoz, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá y a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 14 al 18 de agosto de 2023, para que en representación de PROMPERÚ, participe en los eventos que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje de la señorita Jackeline Isabel Castillo Rojas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 15 al 18 de agosto de 2023, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la Feria Internacional “FANYF 2023”. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US $Área Geográ fi caViáticos día US $Total viáticos US $ Jackeline Isabel Castillo Rojas 541,99 América del Sur 370,00 x 3 1 110,00 David Abraham Edery Muñoz 556,29América Central y América del Sur315,00 x 2 370,00 x 21 370,00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2200071-1 DEFENSA Prorrogan el nombramiento de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 040-2023-DE Lima, 3 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Presidente de la República,