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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (04/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector, nombra entre otros, al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es dirigido por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, quien es designado por el Presidente de la República y depende del Ministro de Defensa; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1136, Ley del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, establece que la Jefatura es ejercida por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, quien depende del Ministro de Defensa, y es desempeñado por un O fi cial General o Almirante de las Fuerzas Armadas, designado por el Presidente de la República, entre los cinco (5) O fi ciales Generales o Almirantes más antiguos del Escalafón Conjunto de las Fuerzas Armadas; otorgándosele mientras desempeñe el cargo la denominación distintiva de General de Ejército, Almirante o General del Aire; Que, mediante Resolución Suprema Nª 027-2021-DE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 3 de agosto de 2021, se nombra al señor General de División Manuel Jesús Martín GÓMEZ DE LA TORRE ARANÍBAR como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 10 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31496, dispone que los O fi ciales Generales o Almirantes que sean nombrados como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o Comandante General de la institución armada correspondiente, ejercen sus funciones por un periodo de dos (2) años; pudiendo prorrogarse por un año adicional únicamente en el caso del Jefe del Comando Conjunto; Estando a lo propuesto por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar el nombramiento del General de División Manuel Jesús Martín GÓMEZ DE LA TORRE ARANÍBAR como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa adopta las acciones pertinentes para gestionar los dispositivos de relevo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, tomando en consideración el tiempo máximo de servicios, reales y efectivos en la carrera militar, del Ofi cial General citado en el artículo 1, de conformidad con el artículo 46 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2202021-4 Cesan en el cargo a Comandante General de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2023-DE Lima, 3 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas;Que, el artículo 10 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31496, dispone que los O fi ciales Generales o Almirantes que sean nombrados como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o Comandante General de la institución armada correspondiente, ejercen sus funciones por un periodo de dos (2) años; pudiendo prorrogarse por un año adicional únicamente en el caso del Jefe del Comando Conjunto; Que, el inciso i) del artículo 44 de la Ley Nº 28359, establece como causal de pase a la situación militar de retiro, el cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas; Que, asimismo, el artículo 53 de la citada Ley precisa que el O fi cial que, en el desempeño del cargo de Comandante General o Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, cesa en sus funciones antes de cumplir los cuarenta (40) años de servicios, pasa a la situación de retiro, reconociéndosele la totalidad de años de servicios indicado; Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2021-DE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 3 de agosto de 2021, se nombra al señor Vicealmirante Alberto Alcalá Luna, como Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; Estando a lo propuesto por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cesar en el cargo, con efectividad al 4 de agosto de 2023, al señor Vicealmirante Alberto Alcalá Luna como Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y pasarlo a la situación militar de retiro, reconociéndosele cuarenta (40) años de servicios como Ofi cial; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2202021-5 Nombran Comandante General de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2023-DE Lima, 3 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector, nombra entre otros, a los Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, dispone que la Marina de Guerra del Perú es comandada por el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, quien es designado por el Presidente de la República conforme a la normativa especí fi ca, y depende del Ministro de Defensa; Que, asimismo, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1138, Ley de la Marina de Guerra del Perú, establece que la Comandancia General de la Marina es ejercida por