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7 NORMAS LEGALES Domingo 27 de agosto de 2023 El Peruano / Internacionales a cargo de las Operaciones de Paz y conformada por personal con funciones y competencias en la gestión de la participación de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas. Asimismo, el acotado documento señala que los gastos que irrogue la participación de la delegación peruana estará coberturada por los reembolsos económicos que recibe el país por la participación en Operaciones de Paz bajo la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; Que, de acuerdo con lo señalado en la Declaración de Gastos, suscrita por la Jefatura de la O fi cina de Administración del CCFFAA, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, por medio de la Hoja de Disponibilidad Presupuestal, suscrita por la Jefatura de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del CCFFAA, se detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio. Asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000359 y Nº 0000000360, emitidas por la Jefatura de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que los viáticos que se otorguen a la escala citada en el artículo 5, serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrán adicionar por una sola vez, el equivalente a un día de viáticos, por concepto de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier parte de América y de dos días de viáticos, cuando el viaje se realice a otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fi n de prever la participación oportuna del Personal Militar en la referida Conferencia, resulta necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación y su retorno con UN (1) día posterior al término del mismo, siendo que, este último irroga gastos al Estado; Que, mediante O fi cio Nº 3509 CCFFAA/OGA/OAI/ UOP/PER.a, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite el proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de las Fuerzas Armadas que participará en las visitas profesionales al Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC) y a la Dirección de Operaciones y Conducción Conjunta (DOPCON), a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el día 28 de agosto y su retorno el 3 de setiembre de 2023; Que, mediante O fi cio N° 02134-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 490-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN que contiene la opinión técnica favorable de la mencionada Dirección General respecto a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal militar; Que, mediante el Informe Legal N° 01361-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas para participar en las visitas profesionales al Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC) y a la Dirección de Operaciones y Conducción Conjunta (DOPCON), a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la delegación del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se detalla a continuación, para participar en las visitas profesionales al Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC) y a la Dirección de Operaciones y Conducción Conjunta (DOPCON), a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el día 28 de agosto y su retorno el 3 de setiembre de 2023, según el siguiente detalle: N° Grado Nombres y Apellidos DNI N° 01 Mayor General FAP Ángel Martin RÍOS Moncada 07251710 02 Coronel EP Carlos César VELA Amador 10045214 03 Teniente EPPamela Fiorella del Rosario CÉSPEDES Hernández46680698 04 Señor Edsson Clemente EVARISTO Alvarado 43298081 Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo con los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – Santiago (Chile) – Lima clase económica US$ 500.00 x 4 personas (Incluye TUUA) US$ 2,000.00Viáticos:US$ 370.00 x 6 días x 4 personas US$ 8,880.00 -------------------- Total a pagar: US$ 10,880.00 Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado más antiguo, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5.- Disponer que se ponga en conocimiento de la Institución Armada al que pertenece el personal militar en comisión de servicio, el contenido de la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2208795-1