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9 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2023 El Peruano / Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 227-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del citado viaje; asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000325 y N° 0000000005, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con tres (3) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, mediante O fi cio 7275/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita a este Ministerio aprobar la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Supervisor 1° Rar. Peter Abraham VALENCIA GRANDES y del Técnico Supervisor 1° Rar. Juan Jorge CHAVEZ ACOSTA, para que participen en el Grupo de Trabajo del Personal Subalterno Líderes 2023 del Simposio Naval del Pací fi co Oeste, a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 05 al 07 de diciembre de 2023, así como autorizar su salida del país el 02 y su retorno el 08 de diciembre de 2023; Que, a través del O fi cio N° 02797-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 683-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01950-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio del Técnico Supervisor 1° Rar. Peter Abraham VALENCIA GRANDES y del Técnico Supervisor 1° Rar. Juan Jorge CHAVEZ ACOSTA, para que participen en el Grupo de Trabajo del Personal Subalterno Líderes 2023 del Simposio Naval del Pací fi co Oeste, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Tokio, Japón, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Supervisor 1° Rar. Peter Abraham VALENCIA GRANDES, identi fi cado con CIP N° 01864178 y DNI N° 43290847 y del Técnico Supervisor 1° Rar. Juan Jorge CHAVEZ ACOSTA, identi fi cado con CIP N° 02831351 y DNI N° 07867556, para que participen en el Grupo de Trabajo del Personal Subalterno Líderes 2023 del Simposio Naval del Pací fi co Oeste, a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 05 al 07 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 02 de diciembre y su retorno el 08 de diciembre de 2023. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos:Lima – Tokio (Japón) – Lima US$ 5,288.69 x 2 personas US$ 10,577.38 Viáticos: US$ 500.00 x 2 personas x 3 días x 40% US$ 1,200.00 Total a pagar: US$ 11,777.38 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El Técnico Supervisor comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2240681-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican dos (02) Fichas de Homologación denominadas: “Pajillas de semen bovino congelado” y “Pajillas de semen bovino sexado congelado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0396-2023-MIDAGRI Lima, 30 de noviembre de 2023VISTOS: El O fi cio Nº 0576-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, sobre la modi fi cación de dos (02) Fichas de Homologación; el Ofi cio Nº 000568-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; el Informe N° 0606-2023-MIDAGRI-SG/OGA de la O fi cina General de Administración; y los Informes Nº 1758 y 1863-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados