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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2023 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Nueva Zelandia DECRETO SUPREMO Nº 029-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Nueva Zelandia”, fue suscrito el 16 de noviembre de 2018, en la ciudad de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31447, de 7 de abril de 2022; Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) Nº 015-2019 y al Informe (DGT) N° 003-2023; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Nueva Zelandia” suscrito el 16 de noviembre de 2018, en la ciudad de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea. Artículo 2.- Publicación El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2240704-1 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2023-RE Lima, 30 de noviembre de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 035-2023- RE, de 22 de febrero de 2023, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza Cuadra Velásquez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0250-2023- RE, se fi jó el 1 de mayo de 2023, como la nueva fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza Cuadra Velásquez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2240704-3 Autorizan a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI, el gasto por concepto de viáticos de cooperantes peruanos que participarán en actividad a realizarse en Paraguay RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0808-2023-RE Lima, 29 de noviembre de 2023VISTOS:El Memorándum (APC) N° APC00561/2023, de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI; el Memorándum (DCI) N° DCI01309/2023, de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección de Cooperación Internacional; el Memorándum (LEG) N° LEG02467/2023, de 17 de noviembre de 2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI, y sus normas modi fi catorias, la referida Agencia es un organismo público ejecutor