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43 NORMAS LEGALES Domingo 3 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, se tiene el O fi cio Nº 939-2023-GR PUNO/GRPPAT, mediante el cual, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Puno, remite a Gerencia General Regional, el Informe Nº 185-2023-GR PUNO/GRPPAT/SGMDI, el cual concluye que la propuesta de CAP-Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud Puno, se han elaborado en el marco de las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR GDSRH, además cuenta con informe favorable de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil; expresado en el Informe Técnico Nº 000229-2023-SERVIR-GDSRH, el mismo que ha sido remitido al Gobierno Regional Puno, con O fi cio Nº 000927-2023-SERVIR-PE. Por consiguiente, es viable su trámite para fi nes de su aprobación por el Consejo Regional; Que, mediante Opinión Legal Nº 811-2023-GR- PUNO/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, conforme a los antecedentes y al análisis realizado, concluye que la solicitud de la DIRESA Puno, sobre la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la DIRESA Puno y sus órganos desconcentrados en unidades ejecutoras debe ser aprobado por el Consejo Regional, ya que por tratarse de instrumentos de gestión institucional y por su carácter técnico, que ha sido revisado por el SERVIR y la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional Puno, no requiere análisis sino proseguir con el trámite solicitado por la entidad de origen, en este caso de la DIRESA Puno; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, conforme a la agenda programada y en atención al artículo 71º del Reglamento Interno de Consejo Regional, se tiene como punto de agenda en la estación Orden del Dia el O fi cio Nº 1268-2023-GR-PUNO/GR y acumulativamente el O fi cio Nº 1271-2023-GR-PUNO/GR, mediante el cual el Gobernador Regional del Gobierno Regional Puno, eleva el expediente administrativo sobre la propuesta del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la DIRESA Puno, requiriendo que esta pueda ser aprobada, conforme señala la normativa vigente. Por lo que, en atención a la documentación alcanzada, en el que se da cuenta que contiene opinión e informes técnicos de carácter favorable y teniendo en consideración la aplicación del Art. 117º del Reglamento Interno de Consejo Regional, sobre la exoneración del procedimiento de Ordenanzas Regionales el cual señala que, “El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión a las Ordenanzas Regionales siempre y cuando esta Propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica correspondiente (…)” teniendo ambos documentos que apoyan a la pretensión se solicita la aprobación de dicha iniciativa, teniendo en cuenta la necesidad e importancia de dicha aprobación; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme a la documentación alcanzada y en virtud al principio de presunción de veracidad y buena fe procedimental, en el que se asume que los órganos competentes del Gobierno Regional de Puno, proporcionan información fi dedigna al Consejo Regional, la misma que se ajusta a la realidad y que es correcta, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo este aprobado con catorce votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias Ley 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley 31433 y la Ley Nº 31812, por mayoría legal; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las unidades de organización de la Dirección Regional de Salud Puno, que como anexo forma parte integral de la presente Ordenanza Regional correspondiente a las siguientes Unidades Ejecutoras y órganos desconcentrados.Nº U.E. UNIDADES DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRESA 1 400 Dirección Regional de Salud Puno 2401Red de Salud Melgar 3 Hospital “San Juan de Dios” de Ayaviri 4402Red de Salud Azángaro 5 Hospital “Carlos Cornejo Rosello Vizcardo” 6403Red de Salud San Román 7 Hospital “Carlos Monge Medrano” 8404Red de Salud Huancané 9 Hospital “Lucio Aldazabal Pauca” 10 405 Red de Salud Puno 11406Red de Salud Chucuito - Juli 12 Hospital “Rafael Ortiz Ravines” 13407Red de Salud Yunguyo 14 Hospital Yunguyo 15408Red de Salud El Collao 16 Hospital de Ilave 17409Red de Salud Macusani 18 Hospital “San Martin de Porras” 19410Red de Salud Sandia 20 Hospital de Sandia 21 411 Hospital “Manuel Núñez Butrón” de Puno 22412Red de Salud Lampa 23 Hospital “Antonio Barrio Nuevo” de Lampa Artículo Segundo.- DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo Social la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Puno, dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, para lo cual, ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realizar los trámites administrativos necesarios para su implementación y cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO: Re gístrese, comuníquese y cúmplase. Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 24 días del mes de noviembre del año 2023. ALFREDO UCHARICO URUCHI Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 24 días del mes de Noviembre del año 2023 RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional