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51 NORMAS LEGALES Domingo 3 de diciembre de 2023 El Peruano / 02-1413, 02-1414 y 02-1415 a la sublínea de acción 2.14 “ALCOHOL METÍLICO” de la Línea de Acción 02 “SALUD Y SALUBRIDAD” del Cuadro Único de Infracciones DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Circunstancias que incrementan las multas Las personas naturales y jurídicas que hayan sido sancionadas con resolución fi rme por aplicación de la Ley N° 28317 y su reglamento, a través de la imposición de una multa; e incurran en la misma infracción administrativa en un período de dos años, son sancionadas de acuerdo con la siguiente escala: a. Por primera vezCon el incremento del 50% adicional a la multa establecida. b. Por segunda vezCon el incremento del 75% adicional a la multa establecida. c. Por tercera vez o másSe incrementará sucesivamente en 100% adicional a la multa establecida. Segunda.- Inspecciones municipales La Gerencia de Fiscalización y Control, o la que haga sus veces, a través de sus fi scalizadores municipales, puede efectuar inspecciones municipales sin aviso previo a los usuarios que realizan actividades con alcohol metílico, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), o que lo haga sus veces, y, el Reglamento de las Leyes N° 27645 y N° 28317, aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2010-PRODUCE. Para la adecuada realización de las inspecciones municipales, la Gerencia de Fiscalización y Control, a través de la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, puede coordinar con el Gobierno Regional Metropolitano de Lima y la Subgerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad; y, en caso de requerirlo, también puede solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio Público. Tercera.- Supuestos de procedencia y procedimiento para la clausura temporal o de fi nitiva Los supuestos de procedencia y procedimiento para la clausura temporal o de fi nitiva de un establecimiento, se desarrollarán conforme a lo establecido en la Ley N° 31914, Ley que modi fi ca la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, para regular los supuestos de clausura de establecimientos.y Sanciones (CUIS), o el que haga sus veces, de la Municipalidad Distrital de Surquillo, conforme al siguiente detalle: 2. SALUD Y SALUBRIDAD (…)2.14 ALCOHOL METÍLICO CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓNPROCEDIMIENTO PREVIOESCALAMONTO MULTA (% UIT)MEDIDA COMPLEMENTARIA Inscripción en el Registro Nacional de Control y Fiscalización del Alcohol Metílico 02-1401Por no haber cumplido con la obligación de solicitar la cancelación de su inscripción.Descargo L 0.50 Decomiso 02-1402 Por no haber actualizado los datos de su inscripción. Descargo G 1.00 02-1403Por realizar actividades con alcohol metílico sin estar inscrito en el Registro Nacional de Control y Fiscalización del Alcohol Metílico.Descargo MG 2.00 Registros especiales 02-1404Por consignar información inexacta, incorrecta o incompleta en los registros especiales.Descargo L 0.50 Informes trimestrales 02-1405 Por presentar el informe trimestral hasta con tres meses de retraso. Descargo L 0.50 02-1406Por presentar los informes trimestrales conteniendo datos inexactos, incorrectos o incompletos.Descargo G 1.00 02-1407Por presentar el informe trimestral con retraso no mayor a nueve meses del plazo de presentación.Descargo G 1.00 02-1408 Por no cumplir con presentar el informe trimestral. Descargo MG 3.00 02-1409Por presentar el informe trimestral después de haber transcurrido más de nueve meses del plazo de presentación.Descargo MG 2.00 Rotulado de envases 02-1410Por no cumplir con las normas de rotulado de envases de alcohol metílico.Descargo G 1.00 Documentación requerida para el transporte 02-1411Por realizar transporte interprovincial del alcohol metílico sin contar con la documentación correspondiente.Descargo G 1.00 Decomiso Actividad con alcohol metílico 02-1412Por realizar transacciones comerciales de alcohol metílico con personas naturales o jurídicas que no se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Control y Fiscalización del Alcohol Metílico.Descargo G 1.00 02-1413Por comercializar en forma minorista alcohol metílico directamente al público en envases y/o cantidades mayores a las establecidas.Descargo G 1.00 Autorización de registros especiales 02-1414Por realizar actividades con alcohol metílico sin contar con los registros especiales debidamente autorizados.Descargo MG 2.00 Autorización para el ingreso o salida del país 02-1415Por no contar con la autorización para el ingreso o salida del país de alcohol metílico, o ingresar o sacar del país alcohol metílico excediendo la cantidad autorizada, con excepción si la cantidad no sobrepasa el margen de tolerancia.Descargo MG 2.00 Decomiso