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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (25/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 25 de diciembre de 2023 El Peruano / 2023, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 2 979 961,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el Año 2023 y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; y, la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 2 979 961,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086. Selección Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Convenio N° 001-2023-VIVIENDA y su Adenda N° 02. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Convenio N° 001-2023-VIVIENDA y su Adenda N° 02. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento los avances físicos y fi nancieros de las actividades, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Convenio N° 001-2023-VIVIENDA y su Adenda N° 02. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2247661-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, destinada a la elaboración del Plan de Desarrollo Urbano de Lima Norte y las acciones necesarias para su integración con los planes de desarrollo urbano de las demás áreas interdistritales metropolitanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 572-2023-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre de 2023 VISTOS:La Nota N° 362-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 2468-2023-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 1122-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el citado Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencias en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución Ministerial N° 381-2022-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, mediante la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se aprueban medidas que permitan fi nanciar los gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y los gastos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, así como mayores gastos de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y aprueba otras medidas;