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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (25/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 25 de diciembre de 2023 El Peruano / a la Dirección General de Patrimonio Cultural proponer al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la delimitación, presunción, declaración y retiro de la condición cultural de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación basado en la documentación técnica elaborada por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble; Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco remite, a través del Memorando N° D001020-2019-DDC-CUS/MC, el expediente técnico que sustenta la declaratoria y delimitación como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Capilla María Magdalena de Huancarpata indicando su ubicación en el distrito de Zurite, provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, mediante Informe N° D000088-2019-DPHI- MRF/MC la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble presenta la propuesta técnica para la declaratoria y delimitación como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Capilla María Magdalena de Huancarpata que comprende un polígono de 12 vértices que encierra un área de 1104.17 m2, con un perímetro de 126.43 m, conforme a los datos técnicos señalados en la Lámina DBI-01; Que, con la expedición de la Resolución Directoral N° D000029-2019/DGPC/MC se inicia de o fi cio al procedimiento de declaración y delimitación como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Capilla María Magdalena de Huancarpata; Que, dicho acto es puesto en conocimiento de la señora Manuela Gamarra Vda. De Cruz, de la Comunidad Campesina de Compone, del Reverendo Presbítero de la Casa Parroquial de Zurite, del Arzobispo Metropolitano de Cusco, de la Municipalidad Distrital de Zurite, de la Municipalidad Provincial de Anta y del Gobierno Regional de Cusco, acompañando, además, la propuesta técnica de delimitación con el objeto que presenten sus aportes históricos, testimonios, entre otros, antes de concluir con el procedimiento de declaración y delimitación, siendo debidamente noti fi cados de acuerdo a las constancias que obran en el expediente; Que, mediante Expediente N° 2020-0022161 el Arzobispo del Cusco re fi ere que la Capilla María Magdalena de Huancarpata “… no pertenece al distrito de Zurite, como se señala en la Propuesta Técnica y en la fi cha de Información Básica, sino pertenece al Distrito y Provincia de Anta…”. Asimismo, mediante O fi cio N° 006- 2020-GM/MPA la Municipalidad Provincial de Anta indica respecto a la capilla “… está ubicada en la Comunidad Campesina jurisdicción del distrito de Anta, aclaración que debe ser tomada en cuenta…”; Que, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, mediante Hoja de Elevación N° 000527-2023-DPHI/MC hace suyo el Informe N° 000121-2023-DPHI-RFO/MC, en el que concluye, entre otros, que luego de la revisión de la documentación enviada por el Arzobispado del Cusco, la Municipalidad Provincial de Anta y la aclaración hecha por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, además, de la lectura del Certi fi cado de Búsqueda Catastral, se ha veri fi cado que la ubicación correcta del inmueble es el distrito de Anta, provincia de Anta, departamento de Cusco; no perteneciendo a la jurisdicción del distrito de Zurite, como se consigna en el acto que da inicio al procedimiento, por lo que procede a actualizar la propuesta técnica, fi cha de información básica y plano de delimitación; Que, la Dirección de General de Derechos de los Pueblos Indígenas con Memorando N° 000019-2022-DGPI/MC remite el Informe N° 000005-2022-DCP/MC a través del cual la Dirección de Consulta Previa hace suyo Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe