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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno y Tacna, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por peligro inminente ante dé fi cit hídrico como consecuencia del posible Fenómeno El Niño 2023-2024, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 122-2023- PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 31 de diciembre de 2023, con la fi nalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno y Tacna y los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, la Ministra de Educación, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y RiegoMIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación VICTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO DISTRITOS DONDE SE PRORROGA EL ESTADO DE EMERGENCIA POR PELIGRO INMINENTE ANTE DÉFICIT HÍDRICO COMO CONSECUENCIA DEL POSIBLE FENÓMENO EL NIÑO 2023-2024 DEPARTAMENTO PROVINCIA N° DISTRITO ABANCAY1 ABANCAY 2 CHACOCHE3 CIRCA 4 CURAHUASI 5 HUANIPACA 6 LAMBRAMA 7 PICHIRHUA 8 TAMBURCO ANDAHUAYLAS9 CHIARA 10 HUANCARAMA 11 HUANCARAY 12 HUAYANA 13 JOSE MARIA ARGUEDAS 14 KAQUIABAMBA 15 PACOBAMBA 16 PACUCHA 17 SAN ANTONIO DE CACHI 18 SAN JERONIMO 19SANTA MARIA DE CHICMO 20 TALAVERA 21 TURPO ANTABAMBA22 ANTABAMBA 23 EL ORO 24 HUAQUIRCA APURIMAC 25JUAN ESPINOZA ME- DRANO 26 OROPESA 27 PACHACONAS 28 SABAINO AYMARAES29 CAPAYA 30 CARAYBAMBA 31 CHALHUANCA 32 CHAPIMARCA 33 COTARUSE 34 IHUAYLLO 35JUSTO APU SAHUA- RAURA 36 LUCRE 37 POCOHUANCA 38 SAN JUAN DE CHACÑA 39 SAÑAYCA 40 SORAYA 41 TAPAIRIHUA 42 TINTAY 43 TORAYA 44 YANACA