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15 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000001 y Nº 0000001081 emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior, durante el Año Fiscal 2023; asimismo, la Constancia de Previsión de Recursos Nº 057, emitida por el Director de Presupuesto de la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza su fi nanciamiento para el Año Fiscal 2024; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 004115-2023-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor FAP Berly Jesús BRICEÑO VELASQUEZ (titular) y del Mayor FAP Alexander HINOJOSA PERLACIOS (suplente), para participar en el Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor (CACEM), a realizarse en el campus de la Universidad de la Fuerza Aérea Brasilera (UNIFA), ubicada en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 2 de enero al 29 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 1 de enero y su retorno el 30 de noviembre de 2024;Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 03397-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 841-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400ATENCIÓN COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@edi toraperu.com.pePublicidad web para negocios, empresas y emprendedores www.elperuano.pe