Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2023 (04/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de enero de 2023 El Peruano / u otras entidades o instancias administrativas, para iniciar cualquier procedimiento y/o realizar cualquier actividad que se encuentre dentro del ámbito de las materias de su competencia, quedando facultada a presentar solicitudes formularios, formatos, declaraciones juradas, descargos, recursos de reconsideración o apelación u otros similares que resulten necesarios para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Foncodes. 1.4.4 Ejecutar mandatos judiciales o emitidos en el marco de procesos de conciliación o arbitrajes, en el ámbito de su competencia, previa coordinación con la Procuraduría Pública del MIDIS. 1.5 En materia de Contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT 1.5.1 Suscribir y resolver contratos y/u órdenes de compra y servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT y sus adendas, de corresponder. 1.5.2 Aprobar las modi fi caciones a los contratos que implique el incremento del precio de conformidad con lo establecido en el numeral 34.10 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y los numerales 160.1 y 160.2 del artículo 160 del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Coordinador/a de Logística de la Unidad de Administración del Foncodes Delegar en el/la Coordinador/a de Logística la Unidad de Administración del Foncodes, para el Año Fiscal 2023, las siguientes facultades y atribuciones excluidas del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente: 2.1 Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/u órdenes de compra y servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, de corresponder. 2.2 Comunicar a los contratistas las observaciones a las prestaciones formuladas por las áreas usuarias de las contrataciones provenientes de procedimientos de selección y de contrataciones que sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT. 2.3 Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestaciones que soliciten, en el marco de las contrataciones del estado y de las contrataciones de montos iguales o inferiores a ocho (8) UIT, las mismas que deberán precisar como mínimo: Identi fi cación del contrato, objeto del contrato, monto del contrato vigente, el plazo contractual y las penalidades en que hubiera incurrido el contratista. 2.4 Autorizar la rebaja de compromiso de las ordenes de servicio u órdenes de compra. Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Foncodes Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Foncodes, para el Año Fiscal 2023, la siguiente facultad y atribución: Supervisar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por el Foncodes, contenidas en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y demás normas complementarias vinculadas con la materia. Artículo 4.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos del Foncodes Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos del Foncodes, para el Año Fiscal 2023, las siguientes facultades y atribuciones:4.1. En materia administrativa y de gestión 4.1.1 Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal relacionadas a asignaciones, ceses, rotaciones, remuneraciones, destaques, suscripción y/o renovación de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción y dirección del personal del Foncodes, comprendido en el régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, así como el personal comprendido en el régimen especial de contratación laboral del Decreto Legislativo N° 1057 y su reglamento y normas modi fi catorias. 4.1.2 Emitir opinión técnica respecto al encargo de funciones y puestos de jefaturas de las unidades orgánicas del programa. 4.1.3 Suscribir en nombre y representación del Foncodes, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. 4.1.4 Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del Jefe inmediato. 4.1.5 Suscribir, en representación del Foncodes, los convenios de Prácticas Profesionales, Pre Profesionales, celebrados en el marco del Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2019-PCM. 4.1.6 Ejercer la representación legal del Foncodes ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, Seguro Social de Salud – ESSALUD, la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, las Entidades Prestadoras de Salud – EPSs, las Entidades Administradoras de Fondo de Pensiones – AFPs y/o las instituciones prestadoras de servicios de salud, para intervenir en cualquier diligencia relacionada con el ejercicio de las competencias de las referidas instituciones. Esta facultad no impide que su ejercicio pueda ser realizado con la intervención de personal designado para tal efecto; excepto los que corresponde a la procuraduría pública del MIDIS. 4.1.7 Ejecutar mandatos judiciales, en el ámbito de su competencia, previa coordinación con la Procuraduría Pública del MIDIS. Artículo 5.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades conferidas en la presente Resolución, comprende la atribución de evaluar, decidir y resolver sobre la procedencia de la realización de las actuaciones objeto de delegación; encontrándose el servidor delegado obligado a veri fi car el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en la normativa aplicable para cada caso en concreto. Artículo 6.- De las actuaciones realizadas Los servidores a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución, informarán trimestralmente al Director Ejecutivo del Foncodes, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 7.- De la noti fi cación y publicación Notifi car la presente Resolución a los servidores en quienes han sido delegadas las facultades y atribuciones antes señaladas; así como disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Foncodes (http://www.gob.pe/foncodes). Regístrese, comuníquese y publíquese.ULDERICO FIGUEROA TORRE Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2140091-1