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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2023 (07/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 7 de enero de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 02953-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, y el Informe Técnico N° 608-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00006-2023-MINDEF/SG-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el numeral 7 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como función especí fi ca del Ministerio, la de promover el fortalecimiento de las relaciones internacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo con el literal j) del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, la Dirección de Asuntos Bilaterales y Agregadurías de Defensa de la Dirección General de Relaciones Internacionales realiza la actualización de la normativa legal relacionada a las actividades que desempeña el personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática; Que, el numeral 15 del literal B) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Ministerial se aprueba el Reglamento de Agregadurías Militares; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0977-2019- DE/SG, se aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, el cual tiene por objeto establecer los requisitos, procedimientos y principios para nombrar al personal militar en las Agregadurías de Defensa, Militar, Naval o Aérea del Perú en el exterior, así como los cargos y funciones que desempeñan; habiendo sido modi fi cado mediante Resolución Ministerial N° 474-2020-DE/SG, Resolución Ministerial N° 0272-2021-DE y Resolución Ministerial N° 1123-2021-DE; Que, a través del O fi cio N° 02953-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales, en atención al Informe Técnico N° 608-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, propone la modi fi cación de los literales e) y g), numeral 1(O fi ciales), y el literal d), numeral 2 (Técnicos), del artículo 12 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, con la fi nalidad de establecer como máximo treinta y dos (32) años de servicio el requisito de O fi ciales del grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General para ser candidato a ocupar un cargo en una Misión Diplomática; asimismo, establecer como máximo veintidós (22) años de servicio el requisito de O fi ciales del grado de Teniente Coronel, Comandante o Capitán de Fragata para ser candidato a ocupar un cargo en una Misión Diplomática. De igual modo, establecer como máximo treinta y seis (36) años de servicio el requisito del personal Técnico para ser candidato a ocupar un cargo en una Misión Diplomática. Estas modi fi caciones tienen el propósito de guardar consistencia legal con las actualizaciones de la Ley N° 28359, “Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas” y con las disposiciones de la Ley N° 31251, “Ley de Ascensos de Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas”; Que, mediante el Informe Legal N° 00006-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la propuesta de modi fi cación de los literales e) y g), numeral 1(Ofi ciales), y el literal d), numeral 2 (Técnicos), del artículo 12 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, de conformidad a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los literales e) y g), numeral 1(Ofi ciales), y el literal d), numeral 2 (Técnicos), del artículo 12 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0977-2019-DE/SG, y modi fi catorias, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa ANEXO DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0012-2023-DE MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS NOMBRADO EN AGREGADURÍAS DEL EXTERIOR “Artículo 12.- REQUISITOS 1) OFICIALES: (…)e) En el caso de O fi ciales del grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General, deben tener como máximo treinta y dos años de servicios como O fi cial. (…)g) En el caso de O fi ciales del grado de Teniente Coronel, Comandante o Capitán de Fragata, deben tener como máximo veintidós años de servicios como O fi cial. 2) TÉCNICOS:(…) d) Tener como máximo treinta y seis años de servicio.(…)” 2141190-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Autoridad Nacional del Agua - ANA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2023-MIDAGRI Lima, 6 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-2022-MIDAGRI, se designó al señor Hugo Eduardo Jara Facundo, en el cargo de Jefe de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; quien presentó su renuncia, siendo necesario designar al profesional que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley