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13 NORMAS LEGALES Sábado 7 de enero de 2023 El Peruano / Que, mediante correo electrónico de fecha 04 de enero de 2023, la Gerencia General propone se le deleguen las facultades para aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; así como, para suscribir los estados fi nancieros del SERFOR; Que, en tal sentido, con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones institucionales del SERFOR, resulta necesario delegar en diversos directivos, las facultades y atribuciones que corresponden al Titular de la Entidad, que no son privativas a su función; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, siendo que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, se señala que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante Resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la citada normativa; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 054-2018-EF-52.03, se establece que los titulares y los suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras son designados mediante resolución del Titular del pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado dicha facultad de manera expresa; Que, mediante el documento del Visto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que considerando lo propuesto por la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Gerencia General, y en observancia de la normativa en aspectos presupuestales, de contrataciones y administrativos, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR emita el acto resolutivo de delegación de facultades para el año fi scal 2023, en tanto que conforme a lo establecido en el artículo 9 del ROF del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo, cautelando el deber de vigilancia sobre las facultades delegadas; Con el visado del Gerente General, del Director General de la O fi cina General de Administración, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades en el/la Gerente General Delegar en el/la Gerente General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para el año fi scal 2023, las siguientes facultades: a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR. b) Suscribir los estados fi nancieros del SERFOR. Artículo 2.- Delegación de facultades en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para el año fi scal 2023, las siguientes facultades: a) Aprobar la formalización de modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, de conformidad a las normas legales vigentes. b) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del SERFOR, así como su consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura, en el marco de la Ley Anual de Presupuesto. Artículo 3.- Delegación de facultades en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Administración 3.1 Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - SERFOR del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, para el año fi scal 2023, las siguientes facultades: 3.1.1 En materia de Contrataciones del Estado a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento, así como evaluar y supervisar su ejecución. b) Aprobar las Contrataciones Directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m), del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. c) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del SERFOR y sus posteriores modi fi catorias, según lo establecido en la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras”, aprobada con Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y demás normas vinculantes, o normas que las reemplacen. d) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección, en el marco de las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y, su Reglamento. e) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de Proyectos de Inversión e IOARR, según lo dispuesto en el numeral 32.4 del artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01. f) Aprobar las liquidaciones de obra.