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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2023 (17/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 17 de enero de 2023 El Peruano / del Consejo Directivo de SERVIR, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 13-2023-MIDIS/PNADP-DE del 16 de enero de 2023, se formaliza la aprobación del per fi l de puesto correspondiente a el/la Coordinador (a) de Sistemas de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, en el marco del literal c) del artículo 20 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH - Normas para la Gestión del proceso de diseño de Puestos y formulación del Manual de Per fi les de Puestos; Que, en mérito a la propuesta remitida con el Memorando Nº 9-2023-MIDIS/PNADP-DE de la Dirección Ejecutiva, la Unidad de Recursos Humanos ha emitido el Memorando Nº 168-2023-MIDIS/PNADP-URH del 16 de enero de 2023, señalando que la profesional Janet Chuquija Uturunco cumple los requisitos establecidos en el per fi l del puesto de Coordinador(a) de Sistemas de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, estimando viable su designación en dicho cargo de con fi anza a partir del 17 de enero de 2023; Que, a través del Informe Nº 019-2023-MIDIS/PNADP- UAJ del 16 de enero de 2023, la Unidad de Asesoría Jurídica estima viable la emisión del acto que dispone la designación en el cargo indicado; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 032- 2005-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS; la Resolución Ministerial Nº 068-2020-MIDIS; y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Designar a la profesional Janet Chuquija Uturunco en el cargo de con fi anza de Coordinadora de Sistemas de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, a partir del 17 de enero de 2023, teniendo a su cargo las funciones previstas en el perfi l de puestos respectivo. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Unidad de Recursos Humanos para conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen, publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” (www.gob.pe/juntos), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESSICA CECILIA NIÑO DE GUZMAN ESAINE Directora EjecutivaPrograma Nacional de Apoyo Directoa los Más Pobres - JUNTOS 2143640-2 ENERGIA Y MINAS Delegan facultad en el/la Director/a General de Hidrocarburos, durante el año 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 016-2023-MINEM/DM Lima, 16 de enero de 2023VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 211-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe Nº 007-2023-MINEM/OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 031-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros del Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que corresponde al Ministerio de Energía y Minas diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; asimismo, regular la infraestructura pública de carácter y alcance nacional en dichas materias; y, otorgar y reconocer derechos correspondientes en el ámbito de su competencia, con excepción de aquellos transferidos en el marco del proceso de descentralización; Que, el artículo 11 de la citada Ley, establece que el Ministro de Energía y Minas es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio; encargado de orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, asumiendo la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco general de la política de gobierno; así como ejercer las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la normativa vigente; pudiendo delegar, en funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias, en adelante el ROF, establece que el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público; y, constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica, de acuerdo a Ley; Que, el Capítulo III del Título V del Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2005-EM, establece la creación del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular – GNV (en adelante, SCC GNV), el cual tiene por fi nalidad contribuir a garantizar la seguridad en la operación de carga de GNV, así como la promoción del uso de GNV a nivel nacional; Que, mediante Resolución de Consejo Supervisor N° 001-2005-CS/GNV se designó como Administrador del SCC GNV a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; asimismo, se aprobó el “Contrato de Fideicomiso de Administración del SCC GNV” (en adelante, Contrato de Fideicomiso), que fue suscrito el 30 de setiembre de 2005; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 109-2021, se autorizó a favor del MINEM una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 Soles), destinado a fi nanciar la transferencia al COFIDE para las conversiones de vehículos de GLP a GNV; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 211-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos (en adelante, DGH) sustenta que, en virtud al Decreto de Urgencia N° 109-2021, se autorizó al MINEM a realizar transferencias fi nancieras a favor de COFIDE, en su condición de Administrador del SCC GNV, lo cual se efectivizó con la Resolución Ministerial N° 484-2021-MINEM/DM; es necesario la suscripción de una adenda al Contrato de Fideicomiso que incorpore la participación del MINEM como Fideicomitente Aportante, debido a que el nuevo