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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2023 (17/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 17 de enero de 2023 El Peruano / ingreso de los fl ujos, es decir los S/ 200,000,000.00 (Doscientos millones y 00/100 Soles), modi fi ca los términos y condiciones del Contrato de Fideicomiso; por lo que, es conveniente que el Director General de Hidrocarburos del MINEM sea facultado por parte del titular del Sector, para suscribir una Adenda al Contrato de Fideicomiso, en calidad de representante del MINEM; Que, el artículo 12 del ROF señala que el Despacho Ministerial está a cargo del Ministro de Energía y Minas, quien es la más alta autoridad política del Sector; ejerce las funciones de Titular del pliego presupuestal, representa al Ministerio, establece los objetivos, orienta, dirige y supervisa la política del Sector en armonía con las disposiciones constitucionales, la política general y los planes de Gobierno; Que, el literal e) del artículo 13 del ROF, señala que el Ministro de Energía y Minas tiene la función de aprobar y suscribir los contratos relacionados con las actividades del Sector; asimismo, el literal i) del artículo 13 del mencionado ROF, establece que el Ministro de Energía y Minas tiene, entre otras funciones, delegar en los Viceministros y Secretario General las facultades y atribuciones que no sean privativas a sus funciones de Ministro de Estado; de igual manera, el literal o) del citado artículo señala que el Ministro de Energía y Minas ejerce las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, las que establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la normativa vigente; pudiendo delegar, en funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; Que, a través del Informe Nº 007-2023-MINEM/OGPP- ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de Resolución Ministerial que delega la facultad al/la Director/a General de Hidrocarburos para suscribir, en representación del MINEM, contratos y adendas en el marco del SCC GNV; Que, mediante el Informe Nº 031-2023-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, de la revisión del Contrato de Fideicomiso, se evidencia que el MINEM no es Fideicomitente Aportante en el Contrato de Fideicomiso y que la transferencia de los S/ 200,000,000.00 (Doscientos millones y 00/100 Soles) no se encuentran considerados dentro del Patrimonio Fideicometido del referido Contrato; por lo que, habiendo la DGH sustentado la necesidad de suscribir una adenda al Contrato de Fideicomiso para formalizar la incorporación del MINEM como Fideicomitente Aportante, resulta legalmente viable delegar en el/la Director/a General de Hidrocarburos la facultad de suscribir, en representación del MINEM, la adenda al Contrato de Fideicomiso, a fi n de formalizar la incorporación en el patrimonio fi deicometido de la transferencia fi nanciera realizada por el MINEM a favor de COFIDE, así como su participación en calidad de Fideicomitente Aportante en virtud al Decreto de Urgencia N° 109-2021 y la Resolución Ministerial N° 484-2021-MINEM/DM; Que, conforme a lo mencionado en el considerando anterior, y a efectos de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la entidad se estima conveniente delegar en el/la Director/a General de Hidrocarburos la facultad de suscribir la adenda al Contrato de Fideicomiso, a fi n de formalizar la incorporación en el patrimonio fi deicometido de la transferencia fi nanciera realizada por el MINEM a favor de COFIDE, así como su participación en calidad de Fideicomitente Aportante en virtud al Decreto de Urgencia N° 109-2021 y la Resolución Ministerial N° 484-2021-MINEM/DM, de conformidad con el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a General de Hidrocarburos, durante el año 2023, la siguiente facultad: En materia administrativa:Suscribir, en representación del Ministerio de Energía y Minas, la adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular - GNV, a fi n de formalizar la incorporación en el patrimonio fi deicometido de la transferencia fi nanciera realizada por el Ministerio de Energía y Minas a favor de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, así como su participación en calidad de Fideicomitente Aportante en virtud al Decreto de Urgencia N° 109-2021 y la Resolución Ministerial N° 484-2021-MINEM/DM. Artículo 2.- La delegación de facultad, a que se refi ere la presente Resolución Ministerial, es indelegable y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos en la normatividad de la materia aplicable para cada caso en concreto. Artículo 3.- El funcionario responsable a quien se le delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberá informar sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes de haberse suscrito la adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular - GNV. Artículo 4.- Remítase la presente Resolución Ministerial a todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Energía y Minas para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2143339-1 INTERIOR Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0051-2023-IN Lima, 16 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento