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7 NORMAS LEGALES Jueves 19 de enero de 2023 El Peruano / Nº Cultivo 5 Café6 Camote7 Cebolla8 Frijol9 Frijol Castilla 10 Frijol de Palo 11 Frijol Zarandaja 12 Garbanzo13 Haba14 Lechuga15 Lenteja16 Limón17 Maíz amarillo duro 18 Maíz amiláceo19 Maíz choclo20 Mandarina21 Mango 22 Manzana 23 Maracuyá24 Naranja25 Olivo26 Olluco27 Pallar28 Palta29 Papa 30 Pepinillo31 Piña32 Plátano33 Quinua34 Tarwi35 Tomate36 Trigo37 Vid38 Yuca39 Zanahoria40 Zapallo 2144406-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Dejan sin efecto la R.S. N° 017-2023-PCM, que autorizó viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2023-PCM Lima, 18 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-2023- PCM, se autoriza el viaje del señor LUIS FERNANDO HELGUERO GONZALEZ, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 15 al 19 de enero de 2023, para participar, entre otros, en la Feria Internacional de Turismo – FITUR 2023; Que, por razones de fuerza mayor, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la autorización de viaje al exterior efectuada con la Resolución Suprema Nº 017-2023-PCM;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 017-2023-PCM. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2144408-1 Aprueban “Lineamientos para la priorización de intervenciones y asignación de recursos a que se refiere el segundo párrafo del literal d) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA ADJUNTA Nº 0001-2023-ARCC/DEA Lima, 17 de enero de 2023VISTOS: El Memorando Nº 010-2023-ARCC/DEA de la Dirección Ejecutiva Adjunta, el Memorando Nº 126-2023-ARCC/GG/OPP e Informe Nº 011-2023-ARCC/GG/OPP-JAMP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 00060-2023-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), crea la Autoridad como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, el Plan); Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556 declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, con Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM, se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios y es de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 30556. Dicho Plan se fi nancia con cargo al Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales; Que, a través del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año