Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (06/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Lunes 6 de febrero de 2023 El Peruano / considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2149056-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional y Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes y los designan en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 303-2023-MP-FN Lima, 3 de febrero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cio N° 170-2023-MP-FN-PJFSTUMBES, cursado por el abogado Carlos Javier Álvarez Rodríguez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; así como la propuesta de reemplazo para la plaza de Fiscal Adjunto Provincial que pudiera generarse. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar a los fi scales que ocupen provisionalmente los cargos mencionados en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Denis Roger Pardo Meléndez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 020-2020-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2020. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Denis Roger Pardo Meléndez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Helder Jair Damian Reynoza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla. Artículo Cuarto.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos segundo y tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2149057-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes y la designan en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Contralmirante Villar RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 304-2023-MP-FN Lima, 3 de febrero de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cios Nros. 170 y 171-2023-MP-FN- PJFSTUMBES, cursados por el abogado Carlos Javier Álvarez Rodríguez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Contralmirante Villar, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales